MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Sindicato Manos Limpias se opone a la petición realizada por la defensa del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para que el Tribunal Supremo sobresea la causa que instruye contra él por un presunto delito de prevaricación cometido al investigar las desapariciones del franquismo.
En el escrito remitido este viernes al alto tribunal por Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en esta causa, el sindicato responde al requerimiento que les hizo esta semana el instructor del caso, el magistrado Luciano Varela, que instó a las partes a presentar alegaciones antes de decidir si, finalmente, sienta a Garzón en el banquillo o por el contrario archiva la causa.
Así, la acusación solicita la apertura del juicio oral contra el juez de la Audiencia Nacional y que sea procesado, con la oportuna transformación de las diligencias que ahora se tramitan en sumario o bien en procedimiento abreviado (las dos posibilidades procesales que existen para enjuiciar al magistrado), y con expresa comunicación de dicha circunstancia al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que podría proceder a la suspensión cautelar del juez.
INVESTIGACIÓN CONCLUIDA
A lo largo del escrito de 14 páginas presentado ante el alto tribunal, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación considera concluida la investigación y niega que haya existido un retardo injustificado en la labor del instructor.
Califican esta queja de la defensa de Garzón de temeraria “habida cuenta de lo absolutamente respetuosa que ha sido la instrucción para con la defensa, y en lo excesivamente formalista y protectora que ha resultado para con los derechos del querellado y el contenido de las causas remitidas”.
Reprocha igualmente Manos Limpias a la defensa de Garzón que les haya calificado de “ultraderechistas en sede judicial. ”Atribuir a las acusaciones un abyecto fin racial en el planteamiento de estas querellas o pretender un fin malicioso en el ejercicio de la acción pública desmerece cualquier argumentación jurídica“, añaden.
A juicio de esta parte, “dejar de aplicar la ley, a sabiendas de que se hace, es ilícito sea cual sea el sentimiento social o histórico que se persiga”.
En este punto, recuerdan que en auto que Garzón dictó en 1998 archivando la denuncia contra Santiago Carrillo, el magistrado expresó “su convicción acerca de la inaplicación del genocidio a crímenes ocurridos durante la guerra civil, adornando su criterio jurídico acerca de la falta de tipicidad e irretroactividad de la ley penal, con una particular valoración para la actuación de quien por ser abogado y conocedor del derecho, pretende la aplicación del genocidio a hechos ocurridos durante la guerra civil”.
Por todo ello, reiteran que, a juicio de esta parte, las resoluciones dictadas por Garzón en este caso lo fueron “en fraude del Ley” y que el juez “vulneró el principio de legalidad en materia penal mediante la aplicación de convenios internacionales no aplicables”.
Añaden que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 resolvió en perseguir delitos “manifiestamente prescritos” y que dejó sin aplicación la Ley de Amnistía de 1977.
El pasado 9 septiembre, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 defendió ante el instructor de la causa en el Tribunal Supremo su competencia para investigar las fosas del franquismo y negó firmemente haber incurrido en prevaricación alguna.