La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha ratificado una multa de 3.001 euros y la prohibición de entrar a los recintos deportivos durante cinco meses a un ciudadano de Gran Canaria por haber protagonizado un altercado durante la celebración de un partido de fútbol en el año 2007. La Audiencia viene así a ratificar una resolución de la Delegación del Gobierno del año 2008 después de que este ciudadano protagonizara una pelea, aunque desde el organismo estatal no se han querido dar más detalles sobre el suceso.
El vecino planteó, como único argumento, que la notificación que se le intentó hacer llegar tenía la dirección equivocada, dado que, aunque la calle y el número eran los correctos, no ocurrió así con el piso, y por ello nunca llegó a recibir el escrito. La Audiencia por un lado considera que efectivamente se incurrió en un error pero, sin embargo, acto seguido estima que no por ello se debe anular la sanción impuesta, dado que el perjudicado no puede alegar en ningún momento indefensión. Tampoco se da por caducado el plazo de notificación, ya que éste se llevó a cabo dentro de los seis meses estipulados.
Precisamente, en el año 2009 el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional uno de los apartados del artículo por medio del cual se impuso la sanción y más concretamente el que definía como infracciones leves todas las acciones u omisiones no tipificadas como graves o muy graves y que fuesen contrarias a las normas y reglamentos aplicables a los espectáculos deportivos. En definitiva, el Constitucional consideraba que los ciudadanos quedaban desprotegidos ante esta legislación.
El Estado por su parte defendió el texto legal ante “la creciente preocupación social por el incremento de la violencia en los espectáculos deportivos o en torno a los mismos por lo que se justifica la incorporación de determinadas medidas para luchar contra el fenómeno de la violencia en este ámbito. Con ello la Ley pretende, por una parte, adoptar los preceptos del Convenio Europeo sobre la violencia, elaborado por el Consejo de Europa y ratificado por España en 1987; y, por otro, incluir algunas recomendaciones y medidas propuestas por la Comisión Especial sobre la violencia en los espectáculos deportivos y aprobadas por el Senado unánimemente”. Entre ellas, destaca la creación de una Comisión Nacional contra la Violencia en estos espectáculos y la tipificación de las infracciones administrativas relativas a las medidas de seguridad, así como las sanciones correspondientes a tales infracciones.