La nueva Ley del Suelo de Canarias “prioriza los intereses económicos sobre la protección ambiental”

La plataforma Derecho al Techo ha presentado este lunes nueve alegaciones al borrador del proyecto que actualiza la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias al considerar que “prioriza los intereses económicos sobre la protección ambiental y social en un contexto de emergencia ecológica y habitacional”.
El documento, presentado ante la Consejería regional de Política Territorial, estima que la iniciativa legislativa que promueve la administración canaria recuerda que el 30% de la población de las islas sufre pobreza, y que el pago de los alquileres de viviendas suponen el 65% de los salarios.
Ante esta situación, el colectivo ciudadano cree que la pretendida actualización de la Ley del Suelo fomenta la “liberalización de territorio mediante reclasificaciones masivas, debilita los controles ambientales y consolida un modelo turístico depredador, ignorando el colapso de recursos y la especulación”.
El movimiento ciudadano advierte de que este borrador “viola legislación europea”, como las directivas sobre hábitats, agua y Aarhus y “consolida un modelo extractivo que beneficia a grandes corporaciones, no a la población local”. Ante estas circunstancias, el colectivo ciudadano exige “una ley que priorice la protección ambiental, la soberanía alimentaria y el derecho a la vivienda, no la especulación”.
Unas medidas que asegura que “no son utópicas”, sino “necesidades urgentes para evitar el colapso ecológico y social en Canarias. De hecho, afirman que países como Portugal (Ley de Bases del Ambiente, 2022) o regiones como Bretaña (Charte du Paysage, 2021) ya aplican modelos similares con éxito.
La plataforma sostiene que la flexibilización del suelo urbanizable y reclasificaciones que se plantea en los artículos 39, 43, 44, 138 permitirá reclasificar suelo urbanizable no desarrollado con justificaciones ambiguas, como “necesidades municipales”, facilitando la expansión urbana en áreas rurales/protegidas, como ha ocurrido, apunta, con el Circuito del Motor de Tenerife, aprobado como “proyecto de interés insular, alegando beneficios económicos”.
La sustitución de cesiones de suelo por compensaciones económicas, prevista en los artículos 53 y 54 favorece, añaden, la privatización de espacios públicos, como entienden que ha ocurrido en el Salto de Chira, proyecto hidroeléctrico que ocupará 200 hectáreas de suelo rústico, si bien la cesión económica no compensó la pérdida de áreas verdes.
También rechaza las autorizaciones discrecionales en el medio natural para eventos deportivos que prevé el artículo 80, ya que con ellas los cabildos pueden autorizar eventos con vehículos a motor en pistas forestales, incluso cerca de espacios protegidos, como ha hecho el de Tenerife con el Circuito del Motor.
Otra alegación alude a los proyectos de interés insular/autonómico en suelo protegido, previstos en los artículos 123 y 127, por los que se autoriza proyectos en suelo rústico de protección ambiental si no existe una “alternativa viable técnica o económicamente”, incluso si son iniciativas privadas con fines lucrativos y se facilita la declaración de “interés público” para proyectos energéticos, priorizándolos sobre la protección ambiental.
También rechaza la plataforma el “debilitamiento de evaluaciones ambientales y la participación pública” que entiende que favorecen los artículos 86 y 9 de este borrador legal, al reducir los plazos de consulta pública a 15 días (frente a los 30-60 días exigidos internacionalmente), y permitir el silencio administrativo positivo en suelo no urbanizable.
La “expansión encubierta en asentamientos rurales” que asegura que promueven los artículos 35 y 317, al permitir ampliar la edificabilidad hasta un 25% en asentamientos rurales bajo el pretexto de “luchar contra la despoblación”, facilitando la urbanización de zonas agrarias; y la “legalización encubierta de usos provisionales” en suelos no urbanizables o protegidos (incluidas la ZEC y los parques naturales), son otros aspectos recurridos por la plataforma.
El colectivo también denuncia la “turistificación de usos complementarios en suelo rústico” que favorecen los artículos 61.2 y 69.e, que permiten actividades turísticas encubiertas en suelo rústico o forestal bajo la justificación de ser “usos complementarios” a la agricultura o la gestión forestal.
De igual forma, rechazan la “falta de garantías para la vivienda asequible” que entienden que ofrecen los artículos 137 y 306, ya que “el mecanismo del 15 % de plusvalía pública (aprovechamiento urbanístico que debe destinarse a interés social) no garantiza la creación de vivienda asequible ni su acceso para la población local”.
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