Proteger espacios naturales no es sólo ''cambiar el nombre''

La Comisión Europea considera que “más allá de un simple cambio formal de nombre”, las autoridades españolas “no han puesto fin a las deficiencias observadas en la protección” de los espacios naturales de Canarias, según aseguraron a ACN Press fuentes comunitarias.

Bruselas “es consciente de que las autoridades de España han adoptado (el 23 de diciembre de 2009 y el 7 de enero de 2010) dos actos legales”, mediante los cuales, “designaron formalmente los 174 Lugares de Interés Comunitario (LIC) localizados en las Islas Canarias como Zonas de Especial Conservación (ZEC)”.

Sin embargo, “la Comisión ha decidido mantener el envío” del expediente español “al Tribunal (de Justicia de la Unión Europea, TUE), porque no se han establecido las prioridades y las medidas adecuadas de conservación para estas 174 ZEC”. Por este motivo, el “28 de enero de 2010” se llegó a “una nueva decisión de remitir” el asunto al TUE, señalaron las fuentes.

Esta nueva decisión se tomó en una reunión del Colegio de Comisarios, el cual estudia una vez al mes las denuncias que la Comisión ha interpuesto contra los Estados miembros. En este caso, “la mantuvimos”, porque “España no ha hecho lo necesario para conservar estos espacios”.

La normativa comunitaria exige que los parajes protegidos de Canarias cuenten con la aplicación de disposiciones concretas “destinadas a la protección adecuada de los valores ecológicos presentes en esos lugares”.

La “no adopción de esas medidas de conservación pone de manifiesto que persiste el incumplimiento de las obligaciones de la Directiva Hábitats”, aclararon las mismas fuentes.

Así las cosas, la Comisión espera ahora la sentencia judicial, que no llegará hasta “otoño de 2010 o aún más tarde”.

Deberes por hacer

Después del “simple cambio de nombre” de los espacios naturales protegidos, la Comunidad Autónoma canaria deberá elaborar planes de gestión para conservarlos.

El decreto que convierte los LIC en ZEC, publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el 13 de enero, da de plazo hasta finales de este año para la adopción de esos planes: “las disposiciones específicas de conservación deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2010”, se indica en el BOC, y es algo que todavía no se ha llevado a cabo, según Bruselas.

Asimismo, la orden del Ministerio de Medio Ambiente que convierte en ZEC los LIC marinos y marítimo terrestres canarios (entre ellos los sebadales del sur de Tenerife), publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el último día del año pasado, señala que “los planes o instrumentos de gestión” deberán cumplir ciertos requisitos “con el objeto de favorecer el mantenimiento de los hábitats y especies prioritarios en un estado de conservación favorable”.

Y amplía también el plazo para la creación de esos planes de conservación, los cuales “deberán elaborarse en el menor plazo posible y, en todo caso, antes de doce meses a contar desde la entrada en vigor de esta orden”, reza el BOE.