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La Justicia reconoce el derecho de los propietarios a cultivar vino en el fondo del cráter de Bandama

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

La Justicia ha reconocido el derecho de los propietarios a cultivar en el fondo del cráter de Bandama. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias en una sentencia fechada el pasado mes de noviembre ha anulado las limitaciones “a la creación de terrazas y al cultivo en espaldera en zonas de uso tradicional y en suelo de Protección Paisajística Agrícola Vitivinícola”. 

La sentencia señala que estos cultivos serán posibles en función de la pendiente del terreno, salvo donde en su caso se justifique en razón al valor natural del entorno inmediato. Además, anula la previsión de la demolición de la edificación existente en la cima, “por ser merecedora de rehabilitación y protección e idónea para servir como Centro de Visitantes y de Interpretación del Monumento Natural de Bandama y del paisaje Protegido de Tafira”. 

La Sala de lo Contencioso del TSJC presidida por César José García Otero, Francisco Javier Varona Gómez Acedo y Emma Galcerán Solsona falla a favor de las solicitudes de Fabio y su hija Covadonga frente a la Comunidad Autónoma de Canarias como demandada y el Cabildo de Gran Canaria como como demandado, para que se autoricen los usos agrícolas de producción vitivinícola del fondo del cráter de Bandama y parte de sus laderas inmediatas.

Del mismo modo, rechaza la demolición de la construcción existente en el pico para crear el centro de recepción de visitantes en el caserío existente al pie de la montaña de Bandama y considera que no se ha demostrado que la ubicación del Centro de Interpretación pueda ser fuente de molestias.

Según informa el Ayuntamiento de Santa Brígida en un comunicado, la nueva sentencia “determina un giro en la decisión de la Sala respecto de su pronunciamiento anterior, admitiendo la compatibilidad del cultivo de la vid (con menores restricciones en cuanto al grado de pendiente máximo en el cultivo de ladera) con las especies silvestres”.

El Consistorio también hace hincapié en  los objetivos recogidos en las normas recurridas al respecto de evitar la erosión en las laderas, la protección y conservación del paisaje característico... en las zonas de uso tradicional y suelo de Protección Paisajística Agrícola Vitivinícola. “Mantiene, no obstante, la limitación de usos en los Suelos de Uso restringido y de Protección Integral del monumento natural”, añaden.

Cabe recordar que el cráter de Bandama y parte de la montaña se encuentra en el municipio de Santa Brígida, mientras el pico está situado dentro del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.