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Un corredor en el juzgado (II)

El empresario Evaristo González en el Juzgado de La Laguna. FOTO: Delia Padrón / 'La Opinión de Tenerife'

David Cuesta

Evaristo González Reyes, el principal investigado en la operación Corredor, es un ingeniero del Derecho. Son muchos los abogados que, como el conocido empresario del ocio lagunero, son conscientes de que, en ocasiones, se pueden ganar los pleitos sin necesidad de entrar en los hechos. Basta con buscar fallos en el trabajo de los jueces que permitan, llegado el momento oportuno, tirar abajo cualquier procedimiento. Algo demasiado habitual gracias a la precariedad con la que funcionan la gran mayoría de los juzgados. Es casi imposible encontrar una causa penal en donde las defensas no hayan solicitado la nulidad de las actuaciones, pero lo ocurrido en el caso Corredor merece una mención especial.

La imputación de Fernando Clavijo en la Pieza 22, que se hizo pública en noviembre de 2014, cuando compaginaba la Alcaldía de Aguere con su aspiración a presidir el Gobierno de Canarias, puso todos los focos encima del Juzgado de Instrucción Número 1 de La Laguna. Una publicidad que le vino muy bien a Evaristo González, que aprovechó la coyuntura para diseñar una estrategia encaminada a demoler el trabajo de los tres jueces que habían gestionado, hasta ese momento, el procedimiento de Corredor. Empezó a rastrear el sumario; compuesto por miles de folios que estuvieron dos años pendientes de un escáner para ser digitalizados, que durmieron en un juzgado donde las puertas se abrían con radiografías y que, por si fuera poco, fueron objeto de una mudanza que obligó a poner patas arriba las ya de por sí precarias dependencias judiciales. Y encontró lo que buscaba, o más bien lo que no estaba.

Suele ocurrir que desaparezcan documentos en los sumarios. Lo difícil, aunque a veces pasa, es que una resolución judicial no deje rastro en el sistema informático. González Reyes, que siempre dirigió la estrategia de las defensas, conocía, como demuestran las escuchas policiales, las carencias con las que se custodiaban los documentos que conformaban la instrucción. No le costó mucho darse cuenta de que entre los miles de folios faltaba el auto que dio inicio a las intervenciones telefónicas. Un primer argumento que usó de ariete contra el Juzgado. El golpe sentó las bases de cuáles eran sus intenciones. Pero fracasó. El auto en cuestión pudo ser reconstruido gracias a que la Fiscalía encontró su rastro en el ordenador. Un primer contratiempo que pudo solventar el juez César Romero Pamparacuatro, que aún no era consciente de la que se le venía encima.

Con todas las miradas puestas en la instrucción, después de la primera grieta abierta por González Reyes, el juez cogió impuso para tomar declaración a los imputados, lo que se llevó a cabo durante los primeros días de enero de 2015. En la antesala de la fecha señalada, el abogado lagunero hizo dos movimientos que fueron decisivos en el desarrollo de los acontecimientos. A finales de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) recibió una querella contra César Romero Pamparacuatro por un supuesto delito de retardo malicioso (¿recuerdan los dos años que se paralizó la causa porque el Gobierno de Canarias no le quería dar un escáner al Juzgado?). Evaristo había decidido quitar de en medio a un juez con nombre mediático que muchos veían como un azote de la corrupción. Y sabía cómo hacerlo.

La independencia de jueces y magistrados es el pilar maestro que sostiene la estructura del Poder Judicial. Aunque en la práctica resulta utópico alcanzar un grado absoluto de autonomía, la teoría del Derecho Procesal establece una serie de herramientas que persiguen garantizar la mayor independencia posible en aquellas personas encargadas de la difícil tarea de impartir justicia. Son las causas de recusación, o lo que es lo mismo, los motivos por los que cualquier juez o magistrado debe dar un paso a un lado durante un procedimiento judicial. Pero siempre hay una trampa para toda ley o principio.

Una de las causas de recusación establece que debe abstenerse el juez o magistrado que haya sido objeto de una denuncia o querella por parte de alguno de los investigados. Un arma de la que suelen abusar los imputados, aunque no todos con la misma suerte. Para que funcione, solo es necesario que el tribunal de turno la acepte a trámite. Evaristo ya había sembrado su semilla, pero antes de recoger la cosecha se preocupó de regar bien el terreno.

En los primeros días de enero de 2015, a través de una providencia del propio Pamparacuatro, se conoció la inexistencia de otro documento clave que alentaba, de nuevo, las aspiraciones de las defensas de anular el procedimiento. En esta ocasión, lo que no apareció fue el auto de septiembre de 2010 que autorizaba la prórroga de las escuchas y que tenía que haber dictado la responsable de la instrucción en aquella época, Matilde Rocío Flores. Esta vez, no iba a ser posible su reconstrucción porque ni la Fiscalía ni la acusación particular encontraron huella en el sistema informático. Aparecieron los documentos anteriores y los posteriores, lo que era un claro indicio de que la resolución se llegó a conocer. Pero no fue posible encontrarla.

La ausencia del auto podía suponer la nulidad de gran parte de las escuchas, es decir, decenas de pruebas de presuntos delitos estaban camino de la basura. Tal vez por eso, Pamparacuatro decidió agotar todas las vías, consciente también de que su futuro estaba en el alero del TSJC. Por eso encargó un exhorto al Juzgado de Instrucción Número 18 de Sevilla, donde había ido a parar su colega de toga tras abandonar La Laguna. El 13 de febrero de 2015, Matilde Rocío Flores compareció para asegurar hasta la saciedad que había dictado el auto. No pudo aportar ninguna prueba, pero su declaración fue lo suficientemente contundente como para mantener la duda.

El tiempo corría y se alejaba el objetivo de Fernando Clavijo de llegar a la campaña electoral, al menos, con un sobreseimiento provisional de la Pieza 22. Aunque con su declaración, y la de varios técnicos municipales, había logrado contrarrestar una parte importante de los indicios que cargaba en su mochila, aún quedaban dudas razonables sobre algunas actuaciones, como la concesión de una licencia a una cafetería o el presunto retraso de una sanción a un local de ocio regentado por un empresario cercano a Evaristo González Reyes. Además de muchas otras pruebas solicitadas por la acusación particular.

Entonces, cuando parecía que nadie le iba a quitar el cartel de imputado a Clavijo durante la campaña electoral, llegó marzo. Después de haber transcurrido casi tres meses de su presentación, el TSJC, avalado por la Fiscalía, decidió aceptar a trámite la querella del principal investigado en la operación Corredor, sobre el que pesan graves indicios de fraude a la Seguridad Social, entre otros muchos delitos. La consecuencia fue inmediata: Pamparacuatro dio un paso a un lado y presentó su abstención. El imputado le había ganado el pulso al juez.

La decisión del TSJC abrió la ceremonia de la confusión. ¿Qué iba a pasar a partir de ese momento? Todas las fuentes jurídicas consultadas coincidían en lo mismo: el cambio de titular en el Juzgado iba a provocar un retraso en la instrucción. El nuevo juez o jueza tendría que estudiarse todas las actuaciones desde el principio, escuchar las intervenciones telefónicas, repasar las declaraciones de los implicados y decidir sobre las pruebas pendientes que se acumulaban en la mesa de Pamparacuatro. Nada más lejos de la realidad. De nuevo, el caso volvió a hacer honor a su nombre.

Una jueza sustituta aterrizó en La Laguna con el pie encima del acelerador y con un nombre difícil de olvidar. Teresa Álvarez de Sotomayor Soria se convirtió en la cuarta persona que se hacía cargo del caso Corredor. Treinta y cuatro días después de que el TSJC aceptara a trámite la querella de Pamparacuatro, dictó un auto para decretar el archivo provisional de la Pieza 22. A Clavijo le había sobrado un mes para llegar sin imputación aparente a las elecciones (formalmente, su estado procesal se mantuvo hasta el archivo definitivo, que se produjo la semana pasada).

En una coordinación digna de una piscina de natación sincronizada, Teresa Álvarez siguió una a una todas las consignas que fijó la Fiscalía. Los escritos del Ministerio Público entraban un día en el Juzgado y, en menos de 24 horas o incluso el mismo día, eran respondidos con un auto de la jueza. Así ocurrió el 15 de abril de 2015, cuando la entonces responsable de la instrucción anuló un mes de escuchas telefónicas (después caerían varios meses más), que resultaron ser las conversaciones y mensajes de texto entre Fernando Clavijo y los responsables de los locales presuntamente beneficiados por el Ayuntamiento.

Tal y como había pedido la Fiscalía, al día siguiente (16 de abril), con las escuchas más reveladoras anuladas, Teresa Álvarez de Sotomayor Soria dictó el sobreseimiento provisional de la causa. La jueza asumió punto a punto los argumentos del Ministerio Público y rechazó todos los delitos que inicialmente se le imputaban a Clavijo y a otras 13 personas, algo difícilmente posible de haberse mantenido en pie los pinchazos, al menos en el caso de la cafetería de La Cuesta y el local de ocio que regentaba otro destacado empresario del Cuadrilátero lagunero.

Tampoco tuvo en cuenta la jueza, para desespero de la acusación particular, las pruebas que aún quedaban por practicar. Especialmente significativo fue el hecho de que nunca se interrogara a la testigo que, durante la investigación policial, le confesó a un agente que acudió a una reunión en la que se encontraban Fernando Clavijo y Evaristo González. Una cita importante porque, de haberse producido, vendría a dar solidez a los hechos denunciados en 2010 por Carlos Calderón mediante una grabación. No hay que olvidar que el actual presidente del Gobierno de Canarias siempre dijo por activa y por pasiva que nunca había hablado con el conocido empresario del ocio. Ni siquiera cuando era concejal de Urbanismo y el destino cruzaba sus caminos.

El policía que realizó las diligencias ratificó en el Juzgado que, aunque en una primera ocasión no supo precisar, en una segunda conversación, esta vez telefónica, la testigo reconoció a Clavijo y al gerente de Urbanismo a través de unas fotos que le habían hecho llegar. El vídeo está colgado en Youtube.

Las defensas siempre sostuvieron la poca credibilidad de la testigo, que nunca ocultó su amistad con el denunciante de los hechos. Motivos que no disimulan la sorpresa que supone que no haya sido interrogada durante la instrucción. Primero no fue fácil dar con su paradero, porque después de hablar con la Policía, y reconocer el miedo que le provocaba la situación, regresó a su país natal, Argentina. El propio Calderón logró localizarla y aseguró que estaba dispuesta a declarar, pero su petición fue ignorada por el Juzgado. No hubiera costado nada su interrogatorio y es muy probable que, de ser una mentirosa, se hubiera desplomado a las primeras de cambio ante las previsibles preguntas de la fiscal y del ejército de abogado de los imputados.

El sobreseimiento provisional de la Pieza 22 despejó el terreno electoral de Clavijo y permitió, como era lógico, que los imputados proclamaran a los cuatro vientos su inocencia. Pero un auto judicial nunca da respuesta a todos los interrogantes; siempre hay hechos que se escapan del Código Penal y entran en el subjetivo terreno de la ética política.

El caso Corredor es la enésima prueba que demuestra que basta intervenir el teléfono de un alcalde, sea del color político que sea, para que salga a flote el clientelismo con el que se gestionan las corporaciones locales en estas islas oceánicas. También es un ejemplo de las distintas velocidades a las que viaja la Justicia, un poder imprescindible en todo Estado de Derecho que padece demasiadas imperfecciones, aprovechadas en ocasiones por los investigados para lograr un beneficio inmerecido. Por cierto, dos semanas después del sobreseimiento provisional de la Pieza 22, el TSJC archivó la querella contra Pamparacuatro.

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