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Costas deniega la concesión a la Sociedad Recreativa Charco de la Arena en Punta del Hidalgo y devuelve a los punteros su añorada piscina natural

La historia de la Sociedad Recreativa Charco de la Arena, en la Punta del Hidalgo (La Laguna) parece haber llegado a su fin tras 56 años de incumplimientos, procedimientos que se quedaban a medias, cambios en la Ley de Costas y prohibiciones para los vecinos, que no podían acceder al recinto a bañarse en la piscina natural, el charco más popular del barrio hasta la década de los 60 del siglo pasado, cuando la Sociedad se apropió del espacio y levantó dos muros de varios metros de alto a lado y lado.

Para los vecinos de La Punta esta sería por fin su gran victoria, un fin capitular para lo que ellos consideran “un auténtico robo” perpetrado en 1964. “El charco de la Arena era de lo mejor que había en la costa lagunera. Cuando era pequeño siempre iba con mi familia, allí se criaban sacabocados, era un espectáculo”, rememora para Canarias Ahora Venancio Herrera, vecino de la localidad y una de las 2.000 personas que denunciaron individualmente la legalidad del “club de los ingenieros”, como lo denominan los punteros.

La Dirección General de Costas denegó, a principios de este mes de marzo, a la Sociedad Recreativa la prórroga de la concesión otorgada a mediados de los 60 para la ocupación de tan solo 810 metros cuadrados de dominio público. “En la actualidad ocupan más de 7.000 metros”, puntualiza el lagunero.

Antecedentes de un club en la Punta sin punteros

Para comprender esta historia, y su entramado burocrático y legal, habría que remontarse al 17 de julio de 1964, cuando se otorgó la concesión a la Sociedad Recreativa Charco de la Arena para la ocupación del espacio de dominio público marítimo-terrestre destinado a “la construcción de un bar y al acondicionamiento de una charca natural como piscina”. En esta concesión no figuraba la superficie total y se otorgaba en precario por un plazo de 99 años. Más tarde, en 1966, se aprobó un acta de replanteo de las obras en las que se incluía un bar de 220,50 metros cuadrados y una superficie para la piscina y vestuarios de 589,50 metros cuadrados. Esto es 810 metros cuadrados, un dato que será relevante en el devenir de este relato.

Un año después, el 10 de julio de 1967, esta acta se levantó, al detectarse que las obras no se adaptaban a los proyectos presentados: se había cercado una parcela de 7.170 metros cuadrados. El bar medía 456 metros cuadrados, que luego se comprobó que eran 606; los vestuarios ocupaban 150 metros cuadrados, y la piscina natural, de 589,50 metros cuadrados, pasó a medir 3.180. Esto motivó a la Jefatura de Costas de Canarias en aquel entonces a iniciar un expediente de caducidad de la concesión y obligar al concesionario a presentar un nuevo proyecto, con el objetivo de legalizar las obras, pero el procedimiento quedó interrumpido en el primer escalón: en el período de información pública, cuando se presentó la oposición de un particular en el año 1969, al entender que se estaban invadiendo terrenos de su propiedad. Asimismo, “fue en el 67 cuando los concesionarios pusieron un tablón en el que se decía expresamente que los punteros no podíamos acceder al club”, recuerda con tristeza Venancio Herrera.

Los años pasaron y dos décadas después, en 1989, el concesionario solicita nuevamente la legalización de las obras ejecutadas. En este momento, su meta era conseguir una autorización para realizar reformas ante los daños ocasionados por el mar en las instalaciones, obras que fueron autorizadas ese mismo año por el Servicio Provincial de Costas de Tenerife.

En 1990, este organismo informaba de dos asuntos de vital relevancia: un cambio de titularidad no comunicado a la Administración en favor del Club Charco la Arena, contra lo dispuesto en la Ley de Costas de aquel entonces, y que la entrada a las instalaciones estaba prohibida a los residentes de la zona, a pesar de su disposición a pagar por acceder.

En ese momento, Costas propuso denegar la legalización de la ampliación de la concesión y que se desmantelaran todas las instalaciones no recogidas en el documento de 1964. Un año después, en 1991, el futuro del charco vuelve a truncarse tras la paralización del procedimiento.

En 1992, Dirección de Costas intenta poner cartas sobre el asunto nuevamente y se dirige al Servicio de Costas de Tenerife para señalar que del expediente se deducía que existían obras no autorizadas y que estás constituían una infracción muy grave. No ocurrió nada más en esta década.

Concesión hasta 2018, punto final en 2021

En 2002, la Sociedad Recreativa Charco de la Arena se dirigió al Servicio Provincial de Costas de Tenerife para solicitar la regularización de la titularidad de la concesión, algo que venían persiguiendo durante décadas sin ningún resultado.

Tendrían que pasar tres años más para que se remitiera un informe para legalizar y adaptar las condiciones de la concesión a la vigente Ley de Costas. Entre las condiciones planteadas, se obligaba a dejar libre el paso para el acceso al charco, obstaculizado por dos muros, y que su uso debería ser público. Conforme a la ley, el plazo máximo para el otorgamiento de concesiones en el dominio público marítimo-terrestre se establecía en 30 años, por lo que la vigencia finalizaba el 29 de julio de 2018.

El 5 de marzo de 2018 se solicitó la prórroga de la concesión y, nuevamente, la legalización de las instalaciones. Dos años después, el 16 de noviembre de 2020, Dirección General remitió oficio al Servicio de Costas de Tenerife para que procediera a denegar la solicitud de prórroga.

Un mes más tarde, la Sociedad Recreativa Charco de la Arena presentó sus alegaciones. No obstante, la Dirección General consideró que lo más adecuado, para velar por la integridad del espacio natural, era denegar la solicitud ante los incumplimientos de la Ley de Costas, así como por la carencia de personalidad jurídica del peticionario.

“En el 2020 los concesionarios comenzaron a dejarnos entrar al club, previo pago de una entrada de 10 euros y si había sitio, antes solo podíamos acceder al restaurante, pero no a nuestra añorada piscina natural”, reivindica el puntero Venancio Herrera.

Asimismo, se ordena a la Sociedad el cumplimiento de lo dispuesto en 1964: “Terminado el plazo concesional, revertirán al dominio público estatal los terrenos, obras e instalaciones, (...), estando obligado el concesionario a la demolición y retirada de dichas obras e instalaciones, parcial o totalmente, incluso la reposición del terreno a su anterior estado”.

Contra esta nueva resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recursos de reposición, mientras que las administraciones públicas podrán interponer recursos contecioso-administrativos.

Futuro del charco de la Arena

El futuro de las instalaciones del charco de la Arena podrían pasar por la construcción de una caseta para la observación y cuidado de las aves, confiesa a este periódico Venancio Herrera, que adelanta que ya existe un interés por parte de Transición Ecológica para destinar este espacio a dicho fin. Además de permitir el acceso a todos los vecinos, para que vuelvan a disfrutar de la piscina natural que perdieron en 1964.