Sin material homologado, sin seguro y sin permisos: denunciada una falsa empresa de turismo activo en Tenerife

Canarias Ahora

1 de septiembre de 2021 12:26 h

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Agentes de la Unidad Operativa de Seguridad Interior y Policía Administrativa (UOSIPA) del Cuerpo General de la Policía Canaria abrieron un expediente sancionador el pasado fin de semana a una falsa empresa de turismo activo por estar realizando actividades deportivas sin los títulos ni permisos correspondientes.

En concreto, dos agentes, acompañados de un guía oficial de descenso de barrancos acreditado, localizaron en el barranco de Badajoz, en el término municipal de Güímar (Tenerife), a un falso guía y a un colaborador realizando, junto a doce clientes, actividades de senderismo y descenso de barrancos.

Según las pesquisas realizadas por los agentes, la compañía no estaba dada de alta como empresa de turismo activo y ofrecía sus servicios de senderismo y descenso de barrancos a través de las redes sociales. Además, los pagos los hacían presuntamente sin facturas a través de la plataforma Bizum, con precios notablemente inferiores a las tarifas habituales para estas actividades. 

Los agentes comprobaron que tanto el guía como el colaborador carecían de la titulación oficial obligatoria para este tipo de actividades, además de no acreditar que estuviesen asegurados. Asimismo, los clientes no disponían de material homologado para dicha actividad —usaban cascos de patinajes o arneses de escalada en vez de los propios para los barrancos—, ni tenían cuerda auxiliar de rescate, que es obligatoria para este tipo de servicios. 

A estos incumplimientos hay que añadir que para realizar esta actividad en el citado barranco hay que solicitar permiso al Cabildo de Tenerife, con el que tampoco contaban. 

Por todo ello, se ha propuesto sancionar ante la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias a esta falsa empresa por, presuntamente, incumplir el Decreto 226/2017, de 13 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo; y la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias. La posible sanción a la que se enfrenta oscila entre los 30.001 y 300.000 euros por infringir el apartado 3 del Artículo 75 de la citada ley, que señala que se considera una infracción muy grave el incumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de infraestructura turística, normas de calidad o dotación de servicios.