La Agencia de Protección del Medio Natural precinta las obras en una nave de una empresa de coches en Arona por carecer de licencia

Álvaro Morales

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La Agencia Canaria de Protección del Medio Natural, mediante una resolución de la directora ejecutiva con fecha del 13 de este mes y salida del día 16 (el pasado lunes), ha decidido abrir un procedimiento administrativo de restablecimiento de la legalidad urbanística relativa a una nave industrial que se construye en la zona de Guaza, en Arona, en el sur de Tenerife, por parte de la empresa de alquiler de coches Canary Islands Car (Cicar). Según la denuncia, a la que ha tenido acceso Canarias Ahora, las obras, tanto de creación como de reforma de edificaciones previas, carecen de los preceptivos permisos y se ejecutan en un suelo categorizado y clasificado como urbanizable no programado, “equivale a un suelo rústico de reserva”.

Según la imagen que ilustra la resolución notificada a la empresa, al Ayuntamiento de Arona y al registro de la propiedad de este municipio sureño, el de mayor población de la comarca, el edificio constaba en ese momento de dos módulos principales aún sin encalar, con tres plantas ya levantadas en uno y dos en el situado a la derecha de la fotografía, si bien con encofrado y estructuras de hierro para nuevas columnas que dejan entrever que habrá, al menos, un espacio a modo de azotea con muros en este segundo caso. No obstante, el acta de denuncia levantada por los agentes del Medio y esta foto tienen fecha del pasado 16 de mayo de este año y, desde entonces, los trabajos continuaron y avanzaron considerablemente, tal y como prueban las imágenes que acompañan a esta información, en las que se puede comprobar las tres plantas en el inmueble situado a la izquierda (con un letrero de Renault, ya encalado y pintado) unido por una zona de dos plantas a la otra edificación, ya con coches dentro y ese muro en la cubierta.

Aunque aparezca ese rótulo de la marca de coches francesa, en la resolución solo aparece la citada y conocida empresa de alquiler de vehículos, que este viernes, a petición de Canarias Ahora, prefirió no pronunciarse sobre estos hechos. Por su parte, el área local de Urbanismo indicó que aún no le consta esta resolución porque no ha entrado en el consistorio, por lo que también optó por no hacer declaraciones ni aclarar si tenía conocimiento o no de estos trabajos, si tienen licencia o existen trámites en curso o si el organismo autonómico de disciplina urbanística le solicitó algo antes, como así ocurrió el 24 de julio de este año.

La Agencia del Medio indica al principio de su denuncia que se desconoce si la nave ha obtenido la necesaria cobertura legal para estas actuaciones o “las preceptivas autorizaciones administrativas, tal y como establecen los artículos 28.1.g), 37.1c) y 74.1 de la ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y los Espacios Protegidos de Canarias, en relación con los artículos 330 y siguientes de mismo texto legal”. No obstante, aclara luego que la compañía presentó el 4 de julio una documentación relativa a una solicitud por su parte “de cobertura formal de las obras, a través de comunicación previa de obra mayor de rehabilitación”. Sin embargo, inmediatamente la Agencia aclara a la compañía que “dicha solicitud es insuficiente”, ya que “la obra mayor requiere de una licencia municipal”.

Llegados a este punto, el órgano regional solicita, el pasado 24 de julio, al Ayuntamiento de Arona (cogobernado ahora por PP, CC y Más por Arona, formación integrada e impulsada por exediles del PSOE, como el responsable de Urbanismo, Luis García) “información sobre cualquier aspecto de una posible regularización de la situación, así como cualquier otra información de interés, sin conocerse respuesta alguna”.

Orden de suspensión de los trabajos

Por ello, y tras exponer los fundamentos de derecho, el hecho de que este tipo de irregularidades no prescriben hasta los 4 años, las posibles sanciones y los plazos existentes en expedientes de este tipo, la Agencia decide abrir este procedimiento administrativo, la suspensión de las obras, su precintado, así como el de la maquinaria y materiales que pudiera haber en la zona de los trabajos o la propia edificación. Asimismo, advierte a la empresa de que el incumplimiento de esta orden “dará lugar a la retirada de la maquinaria y materiales, siendo de su cuenta los gastos que se ocasionen”; así como “a la imposición, mientras persista, de hasta diez multas coercitivas, cada diez días, y por un importe de 200 y 2.000 euros, determinándose la cuantía con criterios de proporcionalidad, teniendo en cuenta la entidad y trascendencia de la actuación urbanística de que se trate”.

Además, avisa de que, de incumplir lo ordenado, se dará cuenta al Ministerio Fiscal “a los efectos de la exigencia de la responsabilidad penal que pudiera proceder por ser presuntamente constitutivos de un delito tipificado en el artículo 556 del Código Penal”. Al tiempo, y con independencia de eso último, se le recuerda a la compañía de alquiler de coches que “la inobservancia de las obligaciones de no hacer impuestas por medidas provisionales o cautelares adoptadas con motivo del ejercicio de la potestad de protección de la legalidad y del restablecimiento del orden jurídico perturbado puede ser constitutiva de infracción muy grave, independiente a (de) la infracción principal, según el artículo 372.4.b) de la Ley del Suelo, sancionada con multa de 150.001 a 600.000 euros (art. 373.c)”. 

La resolución también anuncia que se requerirá a las compañías suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telefonía y telecomunicaciones que no procedan a ninguna conexión de servicios con esta nave o, en su caso, desconecten las ya establecidas.

El promotor cuenta con 10 días hábiles para acceder a todo el expediente, con un mes para presentar un recurso de reposición o las alegaciones que considere oportunas y con dos meses si opta por un recurso contencioso administrativo en un juzgado. En caso de que restaure la realidad física alterada con las obras, la sanción puede quedar solo en un 10% de la cuantía total aplicable. La Agencia también ha notificado esta denuncia al registro de la propiedad de Arona y aclara que el plazo máximo para notificar la resolución que ponga fin a este procedimiento es de seis meses, desde el que se producirá su caducidad y archivo, si bien con la opción de suspender el plazo máximo o abrir uno nuevo.