La sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado reabrir la causa contra veinte vecinos de Güímar por la posible comisión de delitos contra la ordenación del territorio, supuestamente consumados al ampliar las casas cueva de la barriada marinera de Cho Regino.
La causa se reabre a petición del Ministerio Fiscal y la sala rechaza que se siga tramitando como denuncia colectiva, para ordenar que el proceso se instruya separando las piezas o diligencias “por cada uno de los hechos denunciados”, ha informado este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Los hechos a los que alude la investigación se refieren a la ampliación de viviendas no autorizadas en la barriada consolidada conocida como Cho Regino, en la calle Toninas y la avenida Litoral de Agache, en el Puerto de Güímar.
Las ampliaciones “podrían afectar a las servidumbres costeras del dominio público marítimo terrestre, en el sureste del Espacio Natural protegido, recogido en el Plan Especial de la Reserva en la Zona de Uso Moderado y dentro de la Línea de la Zona de Servidumbre de protección” detalla la sala.
Se trata de viviendas construidas sobre las cuevas preexistentes para el aprovechamiento pesquero del litoral y otras como construcciones de ocio sobre el terreno protegido. Estas viviendas, agrega el auto, “conforman un núcleo urbano no autorizado, que se ha ido ampliando y consolidando con el transcurso del tiempo, contando ya con suministro de energía eléctrica y agua potable y calzada de acceso con alumbrado público, a lo que no ha podido ser ajena la autoridad municipal”.
En el auto se recuerda que si bien es posible que estas edificaciones pudieran ser ilegales y perseguibles penalmente, los hechos referidos a la construcción ya habrían prescrito, pero no así las obras de ampliación a las que alude la denuncia del fiscal. “Las obras de mejora, reforma, ampliación o vallado denunciadas, realizadas sin licencia y no susceptibles de autorización que han sido objeto de denuncia ante la autoridad administrativa, han venido a perturbar el medio ya deteriorado, constituyendo una nueva agresión y degradación susceptible de tipicidad penal, por afectar al interés general de protección de la consta, la línea marítima y sus servidumbres”, subraya.
El examen individualizado de cada una de las responsabilidades denunciadas, expone la Audiencia, “permitirá valorar en cada caso si estamos ante hechos que atacan al bien jurídico protegido, el valor material de la ordenación del territorio, en su sentido constitucional de utilización racional del suelo orientada a los intereses generales y supuestos de desobediencia a la autoridad, si se hubiere desobedecido requerimientos de paralización de obras o si por el contrario estamos ante supuestos de mero incumplimiento normativo, por ser tan mínima la incidencia en el citado interés general”.