La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife acaba de emitir una sentencia, con fecha de 20 de marzo de este año, en la que confirma la condena impuesta al político socialista y exalcalde de La Victoria de Acentejo (en el norte de Tenerife) Manuel Jesús Correa Afonso a través de un fallo anterior del Juzgado de lo Penal Nº 1 de la capital tinerfeña. Este proceso judicial se inicia tras la denuncia formulada por Coalición Canaria y José Haroldo Martín González, en la actualidad alcalde de ese pueblo tinerfeño con este partido.
Este último fallo declaraba culpable de un delito contra la ordenación del territorio (prevaricación urbanística) a Manuel Correa, cometido en su etapa como alcalde de La Victoria, y lo condenaba a cinco meses de cárcel, más inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la citada condena. También imponía inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis años.
Contra el fallo del Juzgado de lo Penal, la representación letrada del exalcalde socialista presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, instancia que ahora ha emitido su sentencia y en ella mantiene la condena anterior impuesta a Manuel Jesús Correa y modifica, a petición del Ministerio Fiscal, la del otro investigado por el mismo asunto: el arquitecto técnico municipal Esteban Arsenio Regalado Martín, que pasa de estar absuelto a ser condenado.
Este hecho explica que la Audiencia Provincial sostenga en su fallo que estima de formal parcial el recurso de apelación, en este caso para apreciar delito en las actuaciones entonces realizadas por el técnico del Ayuntamiento victoriero.
Tal y como recoge el literal del fallo, la Audiencia Provincial señala que “debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso de apelacioÌn interpuesto por la representacioÌn de don Manuel JesuÌs Correa Afonso y estimamos parcialmente el formulado por el Ministerio Fiscal contra la sentencia de 28 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife (procedimiento abreviado 202/14), la que revocamos parcialmente y en su lugar dictamos nueva sentencia confirmatoria de la de instancia en la condena a don Manuel JesuÌs Correa Afonso, como autor responsable de un delito contra la ordenacioÌn del territorio, concurriendo las circunstancias atenuantes ordinarias de reparacioÌn del danÌo y dilaciones indebidas, a la pena de prisioÌn de cinco meses, si bien con inhabilitacioÌn especial para el cargo de alcalde o cualquier otro cargo electo y en los aÌmbitos puÌblicos a los que se ha extendido en la sentencia de instancia, en el auto de aclaracioÌn, por tiempo de seis anÌos e incapacidad para obtener el mismo u otros anaÌlogos durante el tiempo de la condena. También al pago de las costas de la instancia y de oficio las de la apelacioÌn, con exclusioÌn de las devengadas por la accioÌn popular”.
Además, el mismo fallo indica “que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso formulado por el Ministerio fiscal y revocamos parcialmente la sentencia de instancia, condenando a don Esteban Arsenio Regalado MartiÌn como autor responsable de un delito tipificado y penado en el artiÌculo 320.1 del CoÌdigo Penal, concurriendo las circunstancias atenuantes ordinarias de reparacioÌn del danÌo y dilaciones indebidas, a la pena de multa de seis meses, con una cuota diaria de quince euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y a la inhabilitacioÌn especial para el empleo puÌblico de funcionario en cualquier AdministracioÌn, por tiempo de tres anÌos y seis meses. Declaramos de oficio el pago de las costas de este recurso”.