La Audiencia Nacional ha rechazado la extradición pedida por Marruecos de un hombre detenido en Tenerife en noviembre de 2022 con pasaporte de ese país a fin de enjuiciarlo por los presuntos delitos de homicidio o asesinato, tenencia ilícita de armas y tráfico de drogas.
El Juzgado Central debatió sobre la situación del reclamado y optó por la libertad provisional con la obligación de presentarse cada semana en el juzgado y retirarle el pasaporte a fin de que no pudiera abandonar el territorio nacional.
El procesado permaneció en situación de prisión provisional desde el 22 de noviembre hasta el 30 de diciembre de 2022.
Marruecos lo reclama por el hallazgo, a finales de 2014, de un cadáver cerca de un centro de control rodeado por un charco de sangre con una herida de bala profunda en el cuello, otra en la cabeza, restos de pólvora y con su sexo envuelto en un calcetín blanco.
Tras practicarle la autopsia la policía consiguió identificar a la víctima como un traficante de droga integrado en una banda que por aquellos días realizó una operación en la que estaba involucrado el sujeto que se pretendía extraditar y que era quien, supuestamente, suministraba la cocaína.
Una vez que este sujeto fue detenido en Tenerife, la Audiencia Nacional en julio de 2023 accedió a la extradición, aunque la defensa se opuso alegando que el delito de asesinato está castigado en Marruecos con la pena de muerte y no había garantías de que no se la impusieran.
A finales de ese año la misma Sala concluyó con que la orden internacional por tráfico de drogas no contenía un relato de los hechos y faltaban indicaciones relativas a la fecha y lugar de la comisión del delito. Motivo este último por el que se rechaza la extradición.
La Audiencia Nacional determinó que no podía pronunciarse sobre una valoración de los delitos y la doble incriminación, lo que supone que estos cargos también son penados en España.
En el caso del asesinato sí se describe la conducta imputada y se dan datos de dónde y cuándo se habría cometido, suponiendo un delito que en España está recogido con penas de cárcel.
Finalmente, la Audiencia acordó oponerse a la extradición por el incumplimiento de la motivación y la posibilidad de que no se lleve a cabo un proceso judicial con todas las garantías, basándose para ello con jurisprudencia del Tribunal Supremo.