La magistrada Matilde Rocío Flores Esquivias, que en 2010 ejercía como juez sustituta en el juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna, en el que se investiga el caso Corredor, ha asegurado que sí dictó el auto en septiembre de ese año por el que se autorizaba la prórroga de las escuchas telefónicas a los principales sospechosos de la causa, y afirma que el mismo quedó grabado en el sistema informático judicial.
Ese auto judicial, sin embargo, no aparece, ni siquiera en el sistema informático. Por él se debía dar respuesta el 17 de septiembre de 2010 al oficio peticionario de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Judicial, para proseguir con las intervenciones telefónicas entre el 21 de septiembre y el 21 de octubre.
Por ello, y de acuerdo con el Ministerio Fiscal, el magistrado Cesar Romero Pamparacuatro dictó el 27 de enero una providencia por la que convenía requerir a la juez sustituta para que informase si dictó el auto y en caso de contar con una copia, que la aportase.
Flores Esquivias ha respondido mediante exhorto desde el juzgado de Instrucción 18 de Sevilla, en el que ahora ejerce, que “recuerda que las diligencias eran secretas y que se solicitó una prórroga de intervención telefónica sobre varios números de teléfono, a la que se acompañaba solicitud de intervención de un nuevo número”, y “que igualmente recuerda que dictó el auto concediendo las prórrogas y también la nueva intervención, y que quedó unido a los autos, firmado por la declarante”.
La juez asimismo responde “que se libraron los oficios a la Policía, no recordando quién los firmó, si la secretaria judicial o la compareciente” y “que recuerda con seguridad que el auto referido quedó grabado en el sistema informático”.
Añade que buscará con más detenimiento por su casa una copia del auto en cuestión, lo que no deja de ser sorprendente, ya que se trata de información del juzgado de La Laguna, en el que debe quedar custodiada, y no propiedad de la juez.
Fuentes jurídicas han confirmado a este periódico que el auto no se encuentra en el sistema informático Atlante y que si las escuchas telefónicas de ese mes no tienen cobertura legal, las pruebas obtenidas de las escuchas deberán ser declaradas nulas.
No es ningún asunto menor, ya que una de las posibles actuaciones delictivas de Fernando Clavijo, relacionada con la concesión de ayudas a una concejal para su realojo, y por la que se le imputan los delitos de tráfico de influencias, prevaricación, falsedad documental y malversación, podría quedar en nada si se anulan las escuchas, aunque el mayor beneficiario sería el empresario Evaristo González Reyes, principal protagonista de la causa y sobre el que se centran dos piezas separadas de la misma por delitos patrimoniales, contra los derechos de los trabajadores y fraude a la Seguridad Social.