El TSJC obliga a Puertos de Santa Cruz de Tenerife a devolver a una concesionaria el material que había retenido

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha obligado a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife a devolver los materiales e instalaciones desmontables a la empresa Vilclau S.L., concesionaria de una parcela en suelo portuario.

A finales de 2014 la entidad solicitó permiso para retirar determinados bienes de su propiedad, que se encontraban en la dársena pesquera, cuya posesión había sido recuperada por Puertos mediante ejecución forzosa tras la extinción de la concesión. Sin embargo, el organismo estatal se negó y para ello emitió una resolución que fue recurrida luego por la empresa.

Puertos alega que al no haber sido retirados antes estos materiales, pasan a ser considerados bienes abandonados a todos los efectos. Defiende también que los mismos pueden servir para pagar la deuda que la entidad sostiene con la Agencia Tributaria, cuyo cobro se encuentran en fase ejecutiva. En cualquier caso, la Autoridad Portuaria asegura que este material se mantiene en sus manos en concepto de depósito.

El TSJC, sin embargo, mediante una sentencia firme estima que no existen pruebas concluyentes de que los bienes hayan sido abandonados. En concreto, el día en el que se iba a proceder al desahucio, un empleado entregó las llaves y dijo que era intención de la empresa presentar un escrito solicitando autorización para retirar sus pertenencias.

El organismo estatal rechazó esta petición a través de una resolución que el TSJC considera que no es conforme a la ley de puertos, en la que se refleja el derecho de los concesionarios a retirar sus bienes y para ello dispone de un determinado plazo.

Pero además, este material tampoco puede ser objeto de retención o embargo, al no haberse seguido el procedimiento estipulado y no ser suficiente “la mera referencia” que la resolución realiza sobre la existencia de una deuda que se comunicará a la Agencia Tributaria.