La Sociedad de Desarrollo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife informa sobre las condiciones, posibilidades de aprovechamiento y gastos asumibles en el marco de las subvenciones vigentes para proyectos de dinamización de las zonas comerciales abiertas (ZCA) de Canarias correspondientes al año 2020, a cargo de la Consejería de Industria, Turismo y Comercio del Gobierno regional, y cuyo plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el próximo 21 de agosto. Las bases reguladoras de la subvención se contemplan en la Orden de 15 de junio del presente año.
La dinamización de las zonas comerciales abiertas se presenta como una gran oportunidad de que las empresas implicadas modernicen y actualicen su oferta de servicios y adaptarse a la demanda de los consumidores, especialmente al renglón turístico y su progresivo desarrollo a lo largo de los próximos meses una vez que se superen los limitantes vinculados a la crisis sanitaria por la COVID-19.
Podrán ser beneficiarios de la subvención los organismos de gestión de las ZCA con personalidad jurídica propia (caso de organizaciones, asociaciones empresariales, comerciantes, consorcios público-privados, entre otros) que asocien o integren, directa o indirectamente, a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, y que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en la Orden.
A efectos de las presentes bases, las empresas comerciales deberán ser la mayoría de las empresas representadas en el organismo de gestión de la ZCA. También podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las federaciones y/o agrupaciones de los organismos de gestión previstos en el apartado anterior.
Los proyectos subvencionables serán aquellos que tengan por objeto dinamizar una zona comercial abierta, con actuaciones de gestión de los intereses comunes que mejoren la competitividad del pequeño y mediano comercio, la promoción de una imagen unitaria y mejorada, así como la organización de actividades que hagan más atractivo, activo y ameno ese emplazamiento.
Las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias se clasifican entre las metropolitanas (las situadas en los centros urbanos de las áreas metropolitanas, en los municipios con población superior a los 100.000 habitantes), las urbanas (que se encuentran en los centros urbanos de municipios entre 50.000 y 100.000 habitantes), las comarcales (en municipios entre 25.000 y 50.000 habitantes y las situadas en las capitales de cada isla, no incluidas en los apartados anteriores, aunque no cumplan con el criterio de población anterior, para lo cual en la denominación se le añadirá el término Insular), y las locales (ubicadas en municipios con una población entre 15.000 y 25.000 habitantes).
Las bases de estas ayudas incluyen como gastos subvencionables la creación y potenciación de unidades gerenciales, la constitución de marcas o diseños comunes de productos o establecimientos y las actuaciones de dinamización y promoción de la zona comercial abierta (caso de planes de medios en radio, televisión y prensa; diseño y edición, y dinamización comercial en la calle).
Las actividades de dinamización a celebrar en la calle serán subvencionables siempre que se pueda motivar su incidencia en la actividad económica de la ZCA y que se celebren en horario de apertura de los establecimientos comerciales.
La subvención máxima establecida para las Zonas Comerciales Abiertas en este tipo de proyectos será de 25.000,00 euros, cantidad que se limitará en 5.000,00 euros más a medida que se encaje en un grupo de menor población.
Los interesados deberán de cumplimentar solicitud telemática a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Turismo, Industria, Comercio del Gobierno de Canarias. https://sede.gobcan.es/turic/.