TRIBUNALES
La alcaldesa de Mogán pide archivar otra causa: alega que ordenó bloquear a la Guardia Civil por desconocimiento
La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, ha pedido el archivo de una de las causas por las que permanece imputada, la que investiga si incurrió en un delito de desobediencia al ordenar a una funcionaria del Ayuntamiento que bloqueara el acceso de la Guardia Civil a la documentación digital intervenida en una operación de entrada y registro a las dependencias municipales. En concreto, en la que se desarrolló el 17 de septiembre de 2020 en el marco del procedimiento penal abierto contra la regidora y otros concejales del grupo de gobierno por la presunta trama de compra de votos en las dos últimas elecciones municipales por parte de la formación política Ciuca (Ciudadanos por el Cambio).
La pieza principal sobre el delito electoral fue archivada por la prescripción de los hechos investigados en relación con los comicios de 2015 y por falta de pruebas suficientes en los de 2019. Sin embargo, aún se mantienen abiertas en los juzgados las cuatro piezas separadas en las que se desglosó la trama original a raíz de otros tantos informes realizados por la Guardia Civil en esas pesquisas. Tanto la alcaldesa, ahora embarcada en un nuevo proyecto político (Juntos por Mogán) de la mano de Coalición Canaria (CC), como su número dos, Mencey Navarro, declararon el pasado 3 de noviembre en el Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana como investigados en una de esas piezas, las diligencias previas 960/2022, que versan sobre esa orden dada a la jefa de Informática para restringir el acceso de los investigadores de la Guardia Civil a los expedientes municipales alojados en los servidores del Ayuntamiento y obstaculizar así su labor.
El principal argumento de la defensa de Bueno para pedir el sobreseimiento de esa causa es que la alcaldesa “nunca fue advertida” de la instalación de ese control remoto para la Guardia Civil y que, por tanto, “no pudo desobedecer una decisión que no conocía”.
Durante la entrada y registro del 17 de septiembre de 2020, y ante la imposibilidad de exportar a discos duros externos toda la documentación digital que estaba archivada en los servidores del Ayuntamiento o de intervenir los equipos físicamente (por el perjuicio que ocasionaría a la actividad habitual de la administración), los agentes de la Guardia Civil, en colaboración con la jefa de servicio de Informática, decidieron volcar la copia de seguridad del día anterior en otro servidor y obtener un acceso remoto para poder analizarla.
Dos semanas después, el día 1 de octubre, se producen los hechos por los que están imputados la alcaldesa y el primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo. Según declaró la jefa de Informática ante la policía judicial, ese día se reunió con ambos a las diez de la mañana a petición de Bueno. La funcionaria relató que en ese encuentro los responsables políticos le explicaron que los investigadores no tenían por qué tener acceso a los servidores que contenían la documentación exportada el 17 de septiembre, ya que en ellos había más expedientes de los que el juez había autorizado a intervenir, y le ordenaron que inhabilitara esa cuenta y que le dijera a los agentes de la Guardia Civil que la decisión había sido de ellos.
La trabajadora municipal cumplió las instrucciones de Bueno y Navarro y les mandó sendos mensajes de Whatsapp con pantallazos que lo demostraban. “Cuenta deshabilitada. Tal como me habéis ordenado”, escribió. También llamó a un sargento de la Guardia Civil para informarle de lo que acababa de hacer a instancias de sus superiores. Y fue ahí cuando recibió la advertencia de que podía estar incurriendo en un delito de obstrucción a la justicia y contra la administración pública, por lo que volvió a ponerse en contacto con la alcaldesa. “Onalia, tenemos que hablar. La Guardia Civil me ha dado la orden de habilitar el usuario. Si no lo hago incurriré en un delito de desobediencia judicial y pueden imputarme por obstrucción a la justicia”, tecleó sin obtener respuesta.
Con Mencey Navarro mantuvo dos breves conversaciones telefónicas. La primera, a las 12.50 horas, de poco menos de dos minutos. En ella, según el testimonio de la trabajadora municipal, el primer teniente de alcalde le reiteró la orden de impedir el acceso de los investigadores a los servidores. La segunda llamada se produce a las 13.16 y tan solo dura 27 segundos, los justos para dar marcha atrás, después de consultarlo con sus abogados, y pedirle que restableciera la conexión, algo que la funcionaria ya había hecho.
Los argumentos de la defensa
En un escrito presentado el pasado miércoles en los juzgados, el abogado Javier Velasco sostiene que su representada, Onalia Bueno, no supo que se le había dado un acceso remoto a la Guardia Civil “hasta varias semanas después”. La defensa relata que en la entrada y registro no se les informó de ello y que cuando se adoptó esa decisión los investigados ya habían abandonado la sala, con permiso de la letrada de la administración de justicia y de la policía judicial, por la extensa duración de esa actuación. Fue, según su tesis, el 30 de septiembre (dos días antes de ordenar el bloqueo) cuando se enteraron al “ser notificados por la jefa de Informática”, a la que le habían pedido un informe al respecto. “Ante su sorpresa” y “en la medida que no se les había notificado”, ordenaron interrumpir la conexión habilitada para los investigadores, recoge el texto en el que se pide el sobreseimiento libre (definitivo) de la causa.
Además, defiende que el bloqueo tan solo duró “quince o veinte minutos” y que, por ello, no ocasionó “perjuicio alguno” a la labor de la policía judicial. “No existió resistencia mínima ni reiterada ante la orden de la autoridad, simplemente la sorpresa de verse inmersos en un control remoto del que no tenían conocimiento”, afirma el letrado, que entiende que no concurren por ello los requisitos para encajar los hechos en un delito de desobediencia.
Para el abogado de la alcaldesa de Mogán, el auto que autorizó la entrada y registro a las dependencias municipales, dictado por el instructor de la causa original (Francisco Javier Ramírez de Verger Vargas, titular de Instrucción 3 de San Bartolomé de Tirajana) el 16 de septiembre de 2020 (un día antes de que se practicara), “no ampara la instalación de un control remoto” de la documentación intervenida. Sin embargo, sobre este aspecto ya se pronunció ese mismo magistrado después de que los investigados denunciaran que se había producido una intervención “totalmente desproporcionada”, “general e indiscriminada”, de todos los expedientes. En una resolución fechada el 17 de marzo de 2021, concluyó que la decisión adoptada por la policía judicial estaba “perfectamente avalada” por el contenido del auto de entrada y registro, que permitía “el pleno acceso” de los investigadores de la Guardia Civil a los archivos de los ordenadores, aunque para la instrucción solo tendrían validez aquellos documentos que pudieran estar relacionados con los hechos investigados. Incluso remarcó que se trataba de la medida “menos perjudicial” para el funcionamiento de la administración y, por tanto, para la ciudadanía. Tampoco el fiscal apreció la vulneración de derechos alegada por los imputados.
Por otra parte, el acta del registro a las dependencias municipales, redactado por el sargento al mando de las operaciones y firmado por todas las partes presentes, dejó constancia de esa actuación en los siguientes términos: “La jefa de Informática procede a realizar una copia de uno de los servidores con el fin de facilitar el acceso en exclusiva a la Guardia Civil, permitiendo con ello el uso de los archivos originales por el resto de funcionarios de la corporación local, garantizando con ello un restablecimiento del servicio de Informática y, en consecuencia, un menor perjuicio para los administrados”.
La defensa de Onalia Bueno solicita que, en caso de no ser atendida su petición de archivo, sean citados a declarar todos los investigados que estaban presentes en la operación de entrada y registro y sus abogados para que “puedan verificar que nunca fueron advertidos”. También pide la comparecencia de la letrada de la administración de justicia.
3