La Fiscalía ha archivado la denuncia presentada contra mandos de la Guardia Civil en Las Palmas por haber entregado el 26 de febrero mascarillas caducadas a agentes de tráfico, ya que no observaba responsabilidad alguna en esos hechos, ocurridos antes de la pandemia de COVID-19.
En un decreto (resolución) al que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público explica que la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) puso en su conocimiento que, a finales de febrero, los agentes de tráfico de Las Palmas recibieron mascarillas FFP-3 con la indicación de que servían para “varios usos”.
Sin embargo, añade, los denunciantes se quejan de que se trataba de material de un solo uso que había caducado en 2017.
La Fiscalía responde que, en aquellas fechas, las mascarillas no formaban parte del equipamiento ordinario de las distintas unidades de la Guardia Civil, ni se requería su uso salvo que el agente en cuestión fuera a estar expuesto a un ambiente donde pudiera inhalar partículas o sustancias potencialmente perjudiciales para su salud.
El fiscal que ha investigado esta denuncia precisa que, a día de hoy, las mascarillas se han convertido en un equipo de protección individual (EPI) “no solo recomendable, sino imprescindible”, tras conocerse el impacto que ha tenido la pandemia de coronavirus.
Sin embargo, subraya que ese no era el caso en la fecha de los hechos y que el análisis sobre las posibles implicaciones penales de este asunto debe tener en cuenta el momento en que ocurrió.
A la fecha que la AUGC dice que se entregaron las mascarillas, detalla la Fiscalía, ninguna autoridad sanitaria había recomendado su uso “fuera de lugares en contacto con focos infecciones” y estas eran un material que escaseaba en todo el país, “especialmente en sectores donde su empleo tenía más sentido, como es el de los profesionales sanitarios, circunstancia esta que debe ser valorada a la hora de determinar eventuales responsabilidades criminales”.
Pero además, añade, la Organización Mundial de la Salud no declaró la pandemia de coronavirus hasta el 13 de marzo y, en esas semanas previas, faltaba información sobre los riesgos de contagio que tenía el virus de la COVID-19 y su nivel de propagación en España.
En esas condiciones, su entrega a los agentes por el Servicio de Material de la Guardia Civil debe tomarse, a su juicio, como una “acción precautoria, dadas las noticias y avisos conocidos en fechas tan tempranas”, pero no como el resultado del mandato legal de proveer a los trabajadores de los medios necesarios para desarrollar su actividad en condiciones seguras (la denuncia citaba un delito de infracción de las medidas de prevención laboral).
En cuanto al hecho de que las mascarillas estuvieran caducadas, argumenta la Fiscalía que ese esa circunstancia “no supone la pérdida absoluta de la capacidad de las mismas como medida de protección individual, máxime cuando el objetivo con ello pretendido no solo es la seguridad de su portador, sino de cualesquiera otras personas que se encuentren en su cercanía física”.
De modo que “su entrega, con conocimiento de la denunciada caducidad o no, no suponía una acción con encaje en el tipo penal regulado en el artículo 316 del Código Penal”, concluye.