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La Audiencia Nacional reconoce a una mujer el derecho a una indemnización por estar vigente durante 12 años una orden para averiguar su paradero

EFE

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La Audiencia Nacional ha reconocido a una funcionaria el derecho a cobrar 300 euros debido al anormal funcionamiento de la Administración de Justicia por vulneración de los derechos fundamentales que consistieron en la no cancelación de una orden de averiguación de domicilio y paradero decretado por un Juzgado de Ourense.

La demandante que reside en Gran Canaria consideraba que una vez que había recibido a finales de 2005 la notificación correspondiente de un procedimiento civil debió haberse dado de baja la mencionada orden que sin embargo siguió vigente durante 12 años más.

Cuando la mujer fue a renovar su DNI en una comisaría en 2016 fue retenida durante un tiempo en las dependencias policiales y entonces se le informó del motivo.

La mujer solicitó una responsabilidad patrimonial de 70.000 euros por estar sus datos en los ficheros nacionales e internacionales de delincuentes y “haber manchado su honor en lo profesional y laboral”.

Reclamaba 30.000 euros por vulneración continuada y persistente en el tiempo en la publicación de ficheros nacionales de la policía a lo largo de estos años con revelación de datos personales y otros 40.000 fueron solicitados por su derecho al derecho al honor, la intimidad personal, familiar y laboral como funcionaria de la carrera de Justicia.

Dejó para un posterior calculo los daños y menoscabo de salud de los que fue víctima por los 211 días que estuvo de baja.

La funcionaria denunció que estos hechos habían dado lugar a una pérdida de promoción laboral en cuanto que fue rechazada su candidatura en el cuerpo de reservistas, tal y como se enteró con posterioridad.

La trabajadora solicitaba que se borraran los datos de los ficheros policiales, incluso los internacionales, para que quedaran sin efecto, tal y como se hizo en 2017.

La mujer argumentó que permaneció durante 211 días de baja debido a un episodio de ansiedad generado por “una situación judicial que se produjo y mantuvo sin aclarar hasta la actualidad”, lo que dio lugar también a dos episodios cardiogénicos en apenas seis meses así como depresión.

La Audiencia Nacional, sin embargo, concluye con que el único funcionamiento anormal fue detectado en 2016 cuando la mujer acudió a renovar el carnet y que por lo tanto hasta entonces no sufrió ningún trastorno personal o moral y que toda la situación se regularizó un año más tarde.

También se indica que la funcionaria en realidad no se vio afectada por la orden de averiguación de su domicilio sino por la reclamación patrimonial de la que es objeto y que la baja tuvo lugar en 2022.