El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, acudirá al Tribunal Supremo para tratar de que el caso Grúas, en el que está implicado por su gestión durante la etapa de concejal y alcalde del municipio de La Laguna, vuelva a quedar residenciado en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), donde prefiere que se mantenga la causa.
Así lo ha anunciado su representación en un escrito, dirigido al alto tribunal canario, en el que manifiesta su intención de presentar un recurso de casación contra el auto que ordenó devolver las actuaciones a un juzgado ordinario, el de Instrucción 2 de La Laguna, tras perder Clavijo su condición de aforado como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias el pasado 6 de noviembre.
El TSJC dictó el pasado 16 de enero un auto, con el voto particular discrepante de su presidente, Antonio Doreste, que desestimaba el recurso de apelación de Clavijo, remitía el procedimiento de forma definitiva a los juzgados de La Laguna y advertía de que contra esa decisión no cabía recurso alguno. La defensa del presidente canario entiende, sin embargo, que esa disposición contraviene la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que la resolución judicial si puede ser recurrida en casación ante el Supremo.
Alude, para ello, al artículo 848 de la mencionada norma, que estipula que se podrá alegar en esta instancia contra “los autos para los que la ley autorice dicho recurso de modo expreso y los autos definitivos dictados en primera instancia y en apelación por las audiencias provinciales o por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuando supongan la finalización del proceso por falta de jurisdicción o sobreseimiento libre y la causa se haya dirigido contra el encausado mediante una resolución judicial que suponga una imputación fundada”.
Sostiene el abogado de Clavijo que en este caso se dirime una cuestión de competencia entre los juzgados y que, por lo tanto, sí se puede encuadrar en los supuestos susceptibles de recurso en los artículos 25, 31y 43 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a pesar de lo dispuesto en el auto del TSJC. En su voto particular, discrepante con el de sus compañeras Margarita Varona y Carla Bellini, Antonio Doreste dejaba entrever esa misma tesis al recordar que el informe de la Fiscalía se mostraba proclive a que una instancia superior, en este caso el Supremo, “resolviera la difícil y relevante problemática planteada, dado que escapa al contenido propio y material de ámbito penal, al tratarse exclusivamente de una cuestión de competencia”.
Lo cierto es que la Fiscalía pidió al TSJC la devolución del caso Grúas a los juzgados de La Laguna. En su informe, el Ministerio Público aclaraba que la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía determinaba, de forma automática, “la pérdida de la competencia objetiva y funcional derivada del órgano de aforamiento”, es decir, del alto tribunal canario. Recordaba además la existencia de una figura judicial, perpetuatio jurisdicctionis, que permite residenciar un procedimiento judicial en el mismo órgano aunque el investigado pierda su condición de aforado, aunque para ello es necesario que la causa se encuentre “en un momento procesal tal que determine o aconseje el mantenimiento de la competencia con que se inició”, un momento que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha situado en el hito de apertura oral, lo que no se da en el caso de Clavijo,
De prosperar la tesis planteada ahora por la defensa de Clavijo, el Supremo sería la última bala del presidente para evitar ser investigado en un juzgado de instrucción. En contra de lo defendido por la Fiscalía y por la Sala de lo Penal del TSJC, con la única excepción de Doreste, la representación letrada del presidente entiende que el caso debe quedarse en el TSJC y que el alto tribunal canario debe mantener su competencia mediante la “ultractividad del antiguo Estatuto de Autonomía”, que contemplaba el aforamiento para los diputados y los miembros del Gobierno.
El caso Grúas investiga si, cuando era alcalde de La Laguna, Clavijo cometió los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos en la prórroga de la concesión a la empresa adjudicataria del del servicio público de recogida y retirada de vehículos de la vía pública y el otorgamiento de un préstamo a la empresa, administrada por un grupo de propietarios con vínculos de amistad con el actual presidente del Gobierno de Canarias.
Citación de Clavijo
Los concejales del Ayuntamiento de. La Laguna Santiago Pérez y Juan Luis Herrera (Por Tenerife-Nueva Canarias), denunciantes en el caso Grúas han solicitado la citación de Clavijo en calidad de investigado en el Juzgado de Instrucción 2 de la Ciudad de los Adelantados.
Pérez pidió esta misma semana la dimisión del presidente del TSJC, Antonio Doreste, a quien ha acusado de actuar “colgado a los intereses de Clavijo” y de “incitar a prevaricar” por defender la continuidad del procedimiento en el TSJC a pesar de la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias y la consecuente pérdida de su condición de aforado.
Para los denunciantes, es “patente” que ni el TSJC ni el Juzgado de Instrucciñon de La Laguna han practicado diligencia alguna contra Clavijo hasta la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía. Pérez y Herrera consideran que el presidente del Gobierno canario está “aterrorizado” con la posibilidad de someterse a un juzgado ordinario.
“Clavijo está exhibiendo ante todos los canarios que tiene pánico a rendir cuentas de su actuación, no como presidente del Gobierno sino como alcalde de La Laguna, ante los juzgados naturales, que son los que nos investigan a todos los canarios”, advierten los concejales en un escrito remitido a los medios.
Sostienen además que el presidente debería ser “el principal garante del respeto al nuevo Estatuto” y que, con el anunciado recurso ante el Supremo, “hace un alarde de desobediencia porque no soporta que se hayan suprimido los aforamientos y se haya establecido el principio de igualdad ante la ley”.
Para los denunciantes, Clavijo solo pretende “ganar tiempo” para no ser citado como investigado en el juzgado de instrucción, que “ya llamó a quienes eran simplemente sus colaboradores en los hechos que orquestó y dirigió”.