Caso Vertederos: los papeles que el Supremo no contempló al archivar la causa contra el senador de El Hierro
El Tribunal Supremo despejó el pasado 12 de diciembre el horizonte judicial del actual senador de la isla de El Hierro, Javier Armas. Un año y medio antes, el líder de la Agrupación Herreña Independiente (AHI) y exviceconsejero de Hacienda del Gobierno canario estaba a las puertas del juicio por el denominado caso Vertederos, que investigaba desde 2006 la gestión incontrolada de residuos en la isla. La Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife había formulado en septiembre de 2018 el escrito de acusación, en el que pedía para él once años de cárcel y cuatro de inhabilitación por delitos medioambientales. Tras varios aplazamientos, la vista debía celebrarse en octubre de 2023, pero su elección como senador tres meses antes, en las generales de julio, lo cambió todo.
Armas se convirtió en aforado y, en consecuencia, el Supremo asumió la causa en enero de este año. Once meses después, la Sala de lo Penal del alto tribunal ha decretado su archivo provisional. El magistrado Pablo Llarena firma el auto que exculpa a Armas de responsabilidad penal por hechos ocurridos en el mandato 2003-2007, cuando ocupaba el cargo de director del área Medio Ambiente, Seguridad y Emergencia del Cabildo de El Hierro.
La asociación ecologista Ossinisa, denunciante del caso en 2006, ha presentado un escrito instando a la Fiscalía General del Estado a recurrir ese auto. Sostiene que en el sumario hay pruebas documentales que contradicen lo afirmado en la resolución de Llarena.
Al actual senador herreño se le acusaba de consentir la actividad en tres vertederos incontrolados de la isla. Uno de ellos se situaba en la zona de El Majano y era un desguace ilegal y contaminante de coches. Otro, en La Dehesa, dentro del espacio natural protegido Parque Rural Frontera. Y el tercero, en la montaña denominada La Cumbrecita.
El Supremo no aprecia en la actuación de Armas conductas (por acción u omisión) susceptibles de encajar en ninguno de los delitos imputados (contra los recursos naturales y el medio ambiente y contra la ordenación del territorio). En el caso del tercer vertedero, el de La Cumbrecita, porque no consta que los vertidos se iniciaran cuando el actual senador tenía encomendadas funciones medioambientales en el Cabildo de El Hierro (2003-2007).
Con respecto a los otros dos vertederos incontrolados, los de El Majano y La Dehesa, el Supremo esgrime, en síntesis, dos razones. Por un lado, sostiene que en esa época Armas no ostentaba la condición de consejero de Medio Ambiente del Cabildo y que, por tanto, no era el “garante” de la legalidad en esta materia ni la persona competente sobre inspecciones, infracciones y sanciones. Además, dice que no hay constancia de que por parte del Gobierno de Canarias se hubiera realizado en esa época ninguna inspección por presunta infracción en la gestión de residuos en la isla ni que el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural (Apmun) o cualquier particular hubieran presentado alguna denuncia por “un defectuoso funcionamiento de los vertederos”. De hecho, sitúa las actuaciones del Seprona y la Apmun en fechas posteriores, a partir del año 2008.
“Ni se aprecia una obligación del investigado -de oficio y sin previa denuncia- de crear una estructura de vigilancia que diera soporte a la competencia sancionadora medioambiental asignada al Cabildo de El Hierro, ni desde luego consta que el investigado llegara a abordar supervisiones en las que ocultara la transgresión de las normas reguladoras de vertidos”, recoge el auto firmado por el magistrado Pablo Llarena el pasado 12 de diciembre.
Escritos que “contradicen” el auto
El denunciante del caso, la asociación ecologista Ossinisa, sostiene que hay documentos en el procedimiento que contradicen esas afirmaciones contenidas en el auto del juez Pablo Llarena. Este colectivo estuvo personado durante años como acusación popular en el procedimiento, pero se vio obligado a retirarse por la excesiva duración de la causa (17 años) y el alto coste económico que implicaba para sus miembros.
Uno de los escritos a los que alude Ossinisa es un informe remitido en mayo de 2007 por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) del Gobierno de Canarias al Juzgado de Instrucción 1 de Valverde, donde se investigó el caso.
En este documento, el entonces presidente del organismo informa, en primer lugar, de que en agosto de 2005 el Seprona formuló una denuncia por una infracción en el vertedero de La Dehesa, consistente en “la apertura de zanjas de aproximadamente 300 metros de largo por dos metros de alto, donde se vierten los residuos urbanos que posteriormente son quemados y enterrados, produciendo emisiones de gases tóxicos a la atmósfera”. El Cabildo de El Hierro contestó un mes después que se había puesto en servicio un nuevo vaso impermeabilizado en el complejo ambiental, que el sistema objeto de la denuncia ya había quedado sin efecto y que, por tanto, el tratamiento de residuos cumplía la normativa.
Ese informe de la Apmun también alude al depósito de vehículos ilegal y contaminante de El Majano. El organismo autonómico explica que a finales de 2004 se abrió un expediente a raíz de la denuncia formulada por el Seprona frente a la empresa que operaba en ese lugar. En la fecha de la denuncia, el desguace se realizaba en terrenos del Cabildo. El depósito fue desalojado, pero la empresa siguió con la misma actividad en una parcela adyacente. “Se le ha requerido para que legalice la actividad como gestor de residuos con fecha 10/03/2005, no habiendo atendido el citado requerimiento”, recoge ese informe, que concluye diciendo que estaba pendiente de incoar el procedimiento sancionador.
Otro de los escritos a los que hace referencia Ossinisa es una carta que remite en 2016 al juzgado la entonces viceconsejera de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, Blanca Pérez. En ella se habla de un procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea a España en el año 2006 por la existencia de varios vertederos ilegales en el país. Entre ellos se menciona el de La Dehesa, situado en las inmediaciones del Faro de Orchilla.
Ossinisa sostiene que esos documentos prueban que en 2006 y en años anteriores ya existían denuncias o procedimientos abiertos por parte del Seprona, de la Apmun, de la Comisión Europea y de la propia asociación por la gestión incontrolada de residuos.
La responsabilidad de Armas
El otro argumento sobre el que sustenta el archivo el Supremo es que Javier Armas no tenía competencias de vigilancia sobre materia medioambiental en el Cabildo de El Hierro. El alto tribunal señala que las potestades de “incoación, instrucción y resolución” de expedientes sobre gestión de residuos pueden ser delegadas por el Gobierno canario en los cabildos. Y, en concreto, en su presidente o, en su defecto, el consejero de Medio Ambiente.
En la fecha en la que se producen los hechos objeto de investigación, durante el mandato 2003-2007, no había consejero de Medio Ambiente en El Hierro. Armas era director de área. Y, a juicio de la Sala de lo Penal del Supremo, “no se le podían asignar las competencias delegadas” que correspondían a la figura de un consejero.
Frente a esas aseveraciones, Ossinisa ha remitido a la Fiscalía General del Estado otros documentos que, a su juicio, demuestran que era el actual senador quien debía responder por los vertidos incontrolados en la isla. Uno de ellos es un escrito remitido en octubre de 2006 por el entonces presidente del Cabildo de El Hierro, Tomás Padrón, al juzgado donde se acababa de abrir la investigación. En él informa de las personas que tenían competencias en materia medioambiental. Y menciona tanto al propio Javier Armas como a la técnico Fabiola Ávila, también acusada en este proceso.
De hecho es Armas quien un mes después y en su condición de director del área de Medio Ambiente remite al juzgado el informe solicitado sobre las autorizaciones relacionadas con el Punto Limpio de El Majano y el Complejo Ambiental de La Dehesa. En ese escrito, el actual senador herreño dice que esas instalaciones “vienen siendo utilizadas desde las respectivas fechas de recepción bajo la tutela del Cabildo de El Hierro, realizándose en ellas todos los procesos previstos por la ley que fueron definidos en el proceso de cesión y que marca el Plan de Residuos de Canarias (PIRCAN)”.
La firma de Armas también aparece en un documento de diciembre de 2004 que acredita la entrega de vehículos en las instalaciones de El Majano a Fernando Gutiérrez, promotor del desguace ilegal y acusado en una pieza separada. En una declaración prestada ante la Guardia Civil en 2008, Gutiérrez afirmó que tenía un acuerdo con el Cabildo de El Hierro y con Tráfico, de manera que, cuando recogía un vehículo para su desguace, entregaba al propietario “un trozo de folio” donde hacía constar que lo había recibido y los datos (matrícula y modelo).
Con ese papel, el propietario iba “al departamento de Medio Ambiente” de la corporación insular, donde se le entregaba “un certificado” que, a su vez, debía remitirse la Dirección Insular de Tráfico para darlo de baja. “Al ser una isla menor y transitoriamente y con permiso del Cabildo, se podían dar de baja de esta forma”, manifestó.
Por último, es también Armas, ya en condición de consejero de Servicios a la Ciudadanía del Cabildo de El Hierro, quien firma a finales de 2007 un escrito en respuesta a una solicitud de información cursada por Ossinisa respecto al vertedero de La Dehesa. “Las muestras a las que se refiere, entendiendo que se trata de sondeos en el subsuelo tanto aguas arriba como aguas debajo de dicho complejo para comprobar la posible contaminación del acuífero, no existen. Como no existen tampoco en dicha zona alumbramientos de aguas subterráneas ni pozos en explotación (...) Por todo ello, dichos datos no le pueden ser trasladados porque no existen tales datos”, recoge ese escrito.
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