Confirmada la pena de un año y medio de cárcel a un agricultor tinerfeño por una estafa informática

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena por estafa informática para un hombre que había sido acusado de apropiarse mediante un fraude tecnológico de 56.000 euros por lo que se le impuso una pena de año y medio de cárcel y devolver el dinero más los intereses.
La Audiencia Provincial descartó que el agricultor tinerfeño hubiese actuado como un hacker tras aparecer en su cuenta bancaria ese dinero del que se habría apropiado de forma apresurada de 36.000 procedentes de una cuenta bancaria de una empresa alemana dedicada a los cosméticos, de los que ya habría devuelto 20.000.
Para el tribunal, no existe una prueba directa que vincule al acusado con los correos electrónicos entre directivos de la sociedad en la que uno de ellos ordenaba a otra que se llevara a cabo esta transferencia a una cuenta a nombre del agricultor.
El fallo considera que el hombre se habría hecho con estas cantidades mediante engaños pero que no hay prueba de que para ello utilizara complicados métodos informáticos.
Los hechos tuvieron lugar el 11 de mayo de 2020, cuando el acusado utilizó una dirección de correo de un directivo y se dirigió a la responsable financiera ordenando una transferencia a su cuenta por 56.000 euros, que fue realizada ese mismo día.
A continuación el procesado retiró y transfirió, ese mismo día desde que recibió el dinero 39.100 euros hasta que el banco finalmente bloquearía la cuenta, al igual que otra en la que había un saldo de 19.167 euros, gracias a lo cual se impidió una nueva transferencia de 98.000 euros.
La estrategia habría consistido en que cuando los correos salieron y entraron de la cuenta del director ya hackeada pasó por la papelera o el spam, con lo cual este nunca los habría llegado a ver y no se enterara de lo ocurrido hasta que días después habló con la encargada de los pagos.
La Fiscalía pedía dos años de prisión y la devolución de los 56.000 euros, de los que ya se habrían depositado 20.000.
El fallo ratifica que el autor de la intrusión en el sistema informático no ha sido el acusado, sino que fue el receptor del dinero por lo que se le atribuye la condición de cooperador necesario y de hacerse con el dinero mediante extracciones en efectivo y cargos en una cuenta que entonces tenía pocos fondos.
La pena se basa en la alta cantidad de dinero que fue ingresada en su cuenta bancaria, por lo que no le pudo pasar desapercibida y también en las contradicciones y excusas sobre el origen del dinero como que provenía de la venta de un tractor y un préstamo.
El TSJC reprocha a la defensa que utilice en el recurso “una mezcolanza de argumentaciones inconexas que no encajan correctamente en los moldes procesales legales” que supondrían un motivo de censura jurídica y de nulidad, a la vez que se echa en cara el uso del término “director del Tribunal” en vez de presidente.
El TSJC detecta en el recurso “un grave defecto de la técnica procesal, por calificar benévolamente estas alegaciones, frases ”inconexas“ y ”extravagantes“ que creen ”más propios de una declaración del acusado, persona iletrada que de un recurso“.
Por lo tanto, el TSJC tiene claro que no existe causa de nulidad alguna en el fallo “ni hay sombra de infracción procesal y menos aún indefensión” aunque asume que el acusado no actuó como hacker al no tener conocimientos informáticos para ello pero si como cooperador necesario y autor de una estafa.
El hombre declaró que se dedica al cultivo del plátano y que no recordaba que el 12 de mayo de 2020 apareció una transferencia de 56.000 euros en sus fondos pero sí que por aquellas fechas le habían hecho un préstamo dada su precaria situación económica.
Nada más recibir el dinero el hombre envió a otra cuenta suya 6.000 euros que según la acusación sería lo que habría cobrado por prestarse a participar en esta operación dando sus datos bancarios pero que el acusado atribuyó a que la entidad financiera le pidió que hiciera un ingreso para desbloquear la cuenta.
0