Después de tres años de instrucción, de la declaración de imputados y de testigos, de muchas informaciones periodísticas y una gran cantidad de publicaciones en redes sociales, el juez titular de Instrucción 4 de Las Palmas de Gran Canaria, Florencio Barrera, se ha visto obligado a decretar el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el empresario Miguel Ángel Ramírez, quien fuera administrador de sus empresas, Héctor de Armas, y varias personas más por un presunto delito de estafa y de falsedad en documento mercantil al no haber nadie que presentara escrito de acusación en los plazos previstos a tal fin. Ni el Ministerio Fiscal, ni la ya desaparecida Bankia, ni el Gobierno de Canarias, cuyos servicios jurídicos pusieron en marcha las diligencias previas, consideran que se haya cometido ninguno de esos delitos, y por lo tanto ni se han molestado en formular cargos.
La causa se abrió en 2018 después de que el Gobierno de Canarias fuera requerido para pagar una factura por unos servicios que no había contratado. Se trataba de una factura que se utilizó ante la ya desaparecida Bankia (hoy Caixabank) para fingir un tráfico mercantil necesario para conseguir financiación bancaria por parte de Seguridad Integral Canaria, de la que entonces era propietario Miguel Ángel Ramírez. Quien firmó y giró esa factura fue el administrador de la misma, Héctor de Armas, pero el instructor decidió investigar también a Ramírez y a otras dos personas más vinculadas con la mercantil.
Sin embargo, al haberse resarcido el importe de la factura y ninguna de las partes considerarse perjudicada, la causa decayó para todas ellas excepto para el juez, que dictó auto de apertura de juicio oral el pasado mes de febrero al considerar que había indicios suficientes de delito como para que se celebrara una vista en la que se aclararan los hechos. Pero tanto Bankia como la Fiscalía solicitaron al juez el sobreseimiento provisional, que ahora se decreta.
El sobreseimiento provisional que ha recaído sobre esta causa supone de hecho un archivo definitivo. Sólo se reabriría la causa si aparecieran nuevas pruebas dentro del plazo de prescripción de los posibles delitos que se pretendan investigar.