El juez archiva la causa contra la alcaldesa de Mogán por desobediencia a la Guardia Civil sin haber resuelto todos los recursos

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

0

El magistrado del Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana, Rodrigo Álvarez, ha archivado una causa penal en la que estaban imputados la alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, y el concejal de Urbanismo, Promoción Turística y Seguridad, Mencey Navarro, ambos de Juntos por Mogán, aliado local de Coalición Canaria (CC). Un auto dictado el pasado viernes da carpetazo a la pieza que investigaba si la regidora sureña y su número dos incurrieron en un delito de desobediencia al ordenar a la jefa de Informática del Ayuntamiento bloquear el acceso remoto a expedientes que la Guardia Civil había obtenido en un registro a las dependencias municipales.

Para el juez, la conducta de los investigados no es reprochable en el ámbito penal, puesto que “no tenían conocimiento de que se había instalado un acceso remoto” para que el equipo de la policía judicial de la Guardia Civil pudiera analizar a distancia la documentación intervenida. La resolución incide en que cuando Bueno y Navarro fueron asesorados por sus abogados “restablecieron el acceso”.

El instructor ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa pese a que aún no han sido resueltas algunas de las cuestiones interesadas por las partes en este procedimiento. De hecho, apenas seis segundos después de haber dictado el auto de archivo, el magistrado firmaba otro escrito, en este caso una providencia, en el que admitía a trámite un recurso de reforma presentado por la representación letrada de Isabel Santiago, exconcejala de Nueva Canarias (NC), contra la imposición de una fianza de 5.000 euros para poder ejercer la acusación popular en este procedimiento.

Ese recurso fue presentado en abril, pero no ha sido admitido a trámite hasta cinco meses después y cuando la causa ya ha sido archivada de forma provisional.

Por otra parte, la Fiscalía solicitó en mayo el volcado “completo” de los teléfonos móviles de los investigados y de la jefa de Informática para cotejar los mensajes y las llamadas que se intercambiaron el 1 de octubre de 2020, la fecha en la que Bueno y Navarro ordenaron a la funcionaria desconectar ese acceso remoto mediante el que los investigadores de la Guardia Civil podían revisar los expedientes municipales.

El juzgado dio curso a esa petición de la Fiscalía a finales de julio, dos meses después de que se hubiera presentado, dándole traslado al magistrado para que resolviera sin que, hasta la fecha, se haya notificado la decisión judicial sobre esa solicitud.

“Sólo duró quince minutos”

La causa ahora archivada se abrió a raíz de un informe de la Guardia Civil. Es una de las cuatro piezas en las que se dividió el procedimiento sobre la presunta trama de compra de votos por parte de Ciuca (el antiguo partido de Bueno) en las elecciones de 2015 y 2019. El caso original se archivó por la prescripción de los hechos (2015) y por la falta de pruebas (2019). Sin embargo, en el marco de esa investigación el equipo judicial descubrió otras cuatro líneas que, en su opinión, podían ser constitutivas de delito. Tres de ellas (un presunto amaño para favorecer a un empresario con intereses en Mogán; los sobresueldos concedidos a determinados funcionarios del Ayuntamiento, y los contratos adjudicados a dos asesores del gobierno municipal) continúan en fase de instrucción, mientras que la cuarta, la del bloqueo a la Guardia Civil, acaba de archivarse.

En aquel informe, la policía judicial describía, a través del testimonio de la jefa de Informática del Ayuntamiento y de los mensajes de WhatsApp que esta funcionaria intercambió con Onalia Bueno y con Mencey Navarro, lo que ocurrió ese 1 de octubre de 2020. Unos días antes, el 17 de septiembre, la Guardia Civil había entrado y registrado las dependencias municipales con la autorización del juez que investigaba la presunta trama de compra de votos por parte de Ciuca en las dos anteriores elecciones.

Ese día, y ante la imposibilidad de extraer los expedientes municipales interesados, por su volumen, y de intervenir físicamente los equipos, por el perjuicio que ello ocasionaría a la actividad habitual del Ayuntamiento, los agentes de la Guardia Civil decidieron volcar una copia de seguridad en otro servidos y obtener un acceso remoto para poder analizarla. El sargento al mando de esta operación dejó constancia de esa incidencia en el acta de registro, que fue firmada por los abogados de los detenidos.

Dos semanas después, el 1 de octubre, se produjo la reunión en la que Bueno y Navarro ordenaron a la jefa de Informática desconectar el acceso remoto de la Guardia Civil. En ese encuentro, según relató la funcionaria, los políticos le dijeron que los investigadores no tenían por qué tener acceso a todos los expedientes del Ayuntamiento. “Cuenta deshabilitada. Tal como me habéis ordenado”, fue el mensaje de WhatsApp que recibieron Bueno y Navarro de la empleada municipal, que además llamó al sargento de la Guardia Civil para informarle de lo que acaba de hacer, siendo advertida en ese momento de que podía estar incurriendo en un delito.

“Onalia, tenemos que hablar. La Guardia Civil me ha dado la orden de habilitar el usuario. Si no lo hago, incurriré en un delito de desobediencia judicial y pueden imputarme por obstrucción a la justicia”, avisó la funcionaria a sus superiores. La alcaldesa no contestó, pero el concejal de Urbanismo sí. En una primera conversación telefónica, a las 12.50, para reiterarle la orden de desconexión. En una segunda, a las 13.16, para recular y, tras consultarlo con sus abogados, pedirle que la restableciera.

La defensa de Bueno, que ejerce el abogado Javier Velasco Almendral, solicitó el archivo de la causa en enero, dos meses después de que la alcaldesa declarase como imputada. Ese escrito sostenía la tesis que ahora ha acogido el juez en su auto. Es decir, que los investigados no tenían conocimiento de que se le había dado un acceso remoto a la Guardia Civil en esa operación de entrada y registro del 17 de septiembre de 2020.

No lo tuvieron, mantiene la defensa, hasta el 30 de septiembre, la víspera de la orden de bloqueo. El abogado de Bueno incidía, además, en que la desconexión apenas duró entre quince y veinte minutos, que no causó perjuicio alguno a los investigadores y que “no existió resistencia mínima ni reiterada ante la orden de la autoridad, simplemente la sorpresa de verse inmersos en un control remoto del que no tenía conocimiento”.