La portada de mañana
Acceder
Puigdemont estira la cuerda pero no rompe con Sánchez
El impacto del cambio de régimen en Siria respaldado por EEUU, Israel y Turquía
OPINIÓN | 'Pesimismo y capitalismo', por Enric González

El juez imputa al ‘escudo’ del expresidente del Cabildo de Lanzarote en el caso Inalsa

Canarias Ahora

17 de septiembre de 2022 21:06 h

0

El que hasta abril de 2013 fue uno de los tres administradores concursales de la empresa pública Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa), Pedro Martín Toledo, ha sido citado a declarar en calidad de investigado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife en el seno de las diligencias penales que se siguen contra el expresidente del Cabildo Pedro San Ginés (Coalición Canaria) por la contratación irregular de su letrado, Ignacio Calatayud, y por la apropiación de las costas procesales por parte del abogado mediante acuerdos opacos desconocidos para el Consorcio Insular de Aguas e Inalsa con los que se embolsó un millón y medio de euros de dinero público en poco más de dos años.   

La imputación de Martín Toledo obedece a un certificado que firmó en el año 2021 (siete años después de haber cesado como administrador concursal) para tratar de justificar una reclamación de honorarios que el letrado y amigo de San Ginés presentó ante un juzgado de lo Mercantil de Las Palmas exigiendo a Inalsa el pago de 82.000 euros en concepto de honorarios por su intervención en uno de los incidentes del concurso de acreedores de dicha empresa pública, por los que ya había cobrado más de un millón de euros. Fue precisamente esa nueva reclamación de honorarios la que destapó este nuevo caso. 

En el certificado que suscribió Pedro Martín Toledo se contienen manifestaciones sobre los supuestos acuerdos alcanzados con Calatayud para que éste se embolsase las costas procesales a favor de Inalsa en los incidentes concursales que no se corresponden con los documentos existentes en la investigación. En el mismo certificado, Martín Toledo también hace afirmaciones sobre las tasaciones de costas efectuadas en los incidentes concursales que son dudosamente ciertas, de acuerdo con el relato de las acusaciones, porque en ninguno de los asuntos que se investigan se llegó a practicar esa tasación, ya que el importe de las costas se fijó mediante acuerdos extrajudiciales en los que participó Calatayud sin el conocimiento ni autorización de sus clientes, Inalsa y el Consorcio del Agua.

En el certificado emitido en 2021 por Martín Toledo también se llega a afirmar que el supuesto pacto por el cual el letrado de Inalsa se apropiaba de las costas de sus clientes afectaba también al Consorcio del Agua de Lanzarote, cuando esta última entidad nunca estuvo en concurso de acreedores ni sometida a ninguna administración concursal, por lo que resulta llamativo para las partes personadas que el ex administrador concursal ahora imputado en la causa contra San Ginés y su amigo-letrado se atribuya facultades sobre la defensa del Consorcio del Agua que nunca tuvo. 

Las dudas sobre la veracidad del contenido del certificado que hizo Pedro Martín Toledo en el año 2021 para tratar de justificar los pagos a Calatayud resultan se acrecientan, según los denunciantes, porque lo que se dice en el mismo contradice el informe oficial emitido por los tres administradores concursales al Juzgado Mercantil sobre la contratación del abogado, en el que los tres administradores de Inalsa (incluido Martín Toledo) señalaron que quien contrató a dicho letrado y quien pactó sus honorarios fue el representante legal de la empresa, Pedro San Ginés.   

La imputación de Pedro Martín, que tendrá que declarar el próximo viernes,  23 de septiembre a las 10:30 horas, incrementa la presión judicial sobre el expresidente del Cabildo Pedro San Ginés, de Coalición Canaria, que siempre ha manifestado que fue la administración concursal, y no él, la que habría contratado a su amigo Calatayud y que fueron los administradores concursales quienes negociaron y pactaron que se quedase con todas las costas a favor de Inalsa y del Consorcio sin el conocimiento ni el consentimiento de sus clientes, algo de lo que no existe ningún documento que lo acredite.