El magistrado Salvador Alba, procesado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por la presunta comisión de cuatro delitos (prevaricación judicial, cohecho, falsedad y revelación de secretos), archivó dos imputaciones, una en enero de 2014 y otra en abril de 2016, contra Eduardo López Mendoza, el abogado que acaba de contratar para formular una demanda de protección al honor contra los padres de una niña que preguntó a la hija del juez, compañera de colegio, si ya lo habían “metido en la cárcel”.
El primer auto, de sobreseimiento libre y, por tanto, firme, de un delito de apropiación indebida fue dictado desde su plaza en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas en plena instrucción. El segundo, un archivo provisional, lo emitió cuando sustituyó en el Juzgado de Instrucción 8 de la capital grancanaria a la magistrada Victoria Rosell, que había solicitado la excedencia para presentarse a las elecciones generales de diciembre de 2015 en las listas de Podemos por Las Palmas. En este último procedimiento, la imputación se había ampliado a los delitos de deslealtad profesional y revelación de secretos.
Aunque el vínculo entre Alba y López Mendoza es vox populi desde hace años en el foro judicial, donde se da por hecho que el segundo prestó servicios como abogado al primero para asuntos particulares en el pasado, la presentación de la demanda de protección al honor constituye la primera evidencia pública de esta alianza. A ambos les une su animadversión hacia Rosell. El primero orquestó en marzo de 2016, junto a un empresario al que investigaba por delito fiscal, Miguel Ángel Ramírez, una declaración en sede judicial con el objetivo de perjudicar la carrera política y profesional de la magistrada. El abogado, por su parte, ha denunciado a la jueza por diferentes motivos ante el TSJC, la Fiscalía y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). De momento, ninguna ha prosperado.
Las denuncias
Fue Rosell, como titular del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, quien imputó en 2012 a López Mendoza por un delito de apropiación indebida. Las diligencias se incoaron tras la denuncia presentada por B.G., una antigua clienta del abogado que le acusaba de maquinar un plan junto a otra letrada, Francisca Ruiz, para evitar devolverle los algo más de 6.000 euros que le había pagado en concepto de provisión de fondos de honorarios profesionales para un procedimiento al que acabó renunciando.
La denunciante sostenía que la actuación de López Mendoza en esa causa se limitó a acudir a la comisaría de la Policía Nacional a interponer una denuncia y a ratificarla ante el juzgado. El nuevo abogado de Alba defendió en aquel momento que a esas diligencias había que sumarle una audiencia con el juez instructor, dos llamadas a la embajada de Suiza y un escrito de trámite. Después de que B.G. le reclamara las cantidades entregadas como provisión de fondos, López Mendoza libró dos cheques que su clienta nunca llegó a cobrar. El primero de ellos, porque era cruzado y no tenía cuenta en ese banco. El segundo, porque el letrado ordenó retener el pago en la entidad financiera tras recibir ese mismo día un oficio de otro juzgado. La abogada Francisca Ruiz, que mantenía un litigio con B.G. a causa de un procedimiento anterior por el que le reclamaba 37.000 euros, había solicitado el embargo de esas cantidades al tener conocimiento de que López Mendoza les adeudaba dinero y de que estaba siendo “sometido a presiones” para abonarlo.
La tesis de B.G. y de su pareja, O.H., autor de la segunda denuncia, presentada en junio de 2014, es que el abogado urdió, en connivencia con su colega, el plan para no devolverles la provisión de fondos. En un escrito presentado en el último procedimiento, se preguntan cómo es posible que Francisca Ruiz supiera que habían reclamado la provisión de fondos a López Mendoza por otro pleito. Las suspicacias venían de lejos. Los denunciantes recuerdan que el abogado no sólo había presentado un recurso fuera de plazo en el litigio contra Ruiz, sino que posteriormente alcanzó un acuerdo extrajudicial con su compañera de profesión para reducir la reclamación (jura de cuentas) de 37.000 a 18.000 euros, casi el doble de lo que una sentencia dictaminó años después que le debían pagar.
Los abogados, por su parte, negaron esa maquinación y atribuyeron la revelación a Ruiz de la deuda que López Mendoza había contraído con los denunciantes a una cuestión “circunstancial” y a una visita “amenazante” de O.H. al despacho de la letrada.
La imputación al abogado tras esa segunda denuncia se amplió y al de apropiación indebida se le añadieron los de deslealtad profesional y revelación de secretos.
La intervención de Alba
El juez Alba ha intervenido en esos dos procedimientos contra López Mendoza, incoados en 2012 y 2014. En el primero, fue el ponente de la Sala que estimó el recurso del abogado contra el auto de imputación dictado por Victoria Rosell y decretó el sobreseimiento libre y archivo definitivo de la causa, sin opción de recurso, una decisión que sorprendió por infrecuente a los denunciantes, puesto que el proceso se encontraba en fase de instrucción.
En ese auto, dictado en enero de 2014, Alba descartaba por completo que existieran indicios de apropiación indebida. “Es más que evidente que no ha cometido delito alguno”, señalaba en una resolución en la que concluía que López Mendoza no se quedó con esos fondos, sino que cumplió un oficio del juzgado para que fueran a manos de la abogada Francisca Ruiz. El juez no apreció ánimo de lucro en la actuación de su ahora letrado ni perjuicio patrimonial para la denunciante. Tampoco consideró probada la confabulación entre abogados denunciada por B.G. “Ignora este tribunal a qué maquinación se refiere”.
Tras este primer archivo definitivo, O.H., la pareja de B.G., interpuso una segunda denuncia. López Mendoza apeló de nuevo a la Audiencia de Las Palmas al entender que se trataba de cosa juzgada. El recurso volvió a recaer en Salvador Alba, pero una redistribución de asuntos planteada por el presidente del órgano judicial provincial, Emilio Moya, lo dejó en manos de Carlos Vielba, que ordenó continuar el procedimiento y mantener imputado al abogado por tres delitos (apropiación indebida, deslealtad profesional y revelación de secretos).
En ese auto, Vielba explicaba, en contra de lo sostenido por López Mendoza, que no se trataba del mismo denunciante ni de los mismos hechos. En esta ocasión era O.H. quien había interpuesto la acción judicial, ya que había pagado una parte de la provisión de fondos. Además, había introducido una nueva imputación contra el abogado, a quien acusaba de haber destinado ese dinero “a usos distintos a los que le fue asignado”.
De vuelta en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Alba retomó el asunto y tomó declaración a López Mendoza y a la abogada Francisca Ruiz antes de decretar un nuevo archivo, en este caso provisional, al considerar que el denunciante no aportó indicios de que esa cantidad se hubiera entregado “para un trabajo que nada tiene que ver con aquel al que se refería su pareja”. El auto, que no aparece firmado por Alba, es de 20 de abril de 2016, dos semanas antes de abandonar el juzgado. El archivo fue recurrido a la Audiencia Provincial.