El juez Alba levanta el precinto a una bodega que la Fiscalía considera “el peor atentado medioambiental” de Lanzarote
Con un auto de apenas cuatro páginas, de los cuales sólo dos corresponden a razonamientos jurídicos, otorgando validez a informes periciales de parte (aportados por la defensa del principal procesado, el empresario Juan Francisco Rosa) sin entrar a valorarlos en profundidad, y obviando una reciente sentencia que anula el Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (Lanzarote), en el que se ha basado el mencionado acusado para defender que las obras de la bodega Stratvs, de la que es propietario, son legalizables. Así ha resuelto la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas el recurso presentado por Rosa para levantar el cierre cautelar de las instalaciones y la suspensión de cualquier actividad durante un periodo de cinco años decretados a finales de 2013 por el Juzgado de Instrucción número 5 de Arrecife. De esta manera, permite la reapertura de un complejo cuya construcción supuso, en palabras de la Fiscalía Provincial de Las Palmas, “el peor atentado medioambiental” contra Lanzarote desde que la isla fue declarada en 1993 Reserva de la Biosfera por la Unesco.
El ponente del auto es el magistrado Salvador Alba, investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por la presunta comisión de hasta cinco delitos por preparar una declaración junto al empresario Miguel Ángel Ramírez, dueño de Seguridad Integral Canaria, para perjudicar a la también jueza Victoria Rosell. Se da la circunstancia de que el actual abogado de Juan Francisco Rosa, el tercero desde que se iniciara la instrucción del caso Stratvs, es José Antonio Choclán, quien, a su vez, representa a Ramírez en la causa que se instruye contra Alba en el TSJC, en la que el empresario también figura como investigado. Además, ejerció la defensa del también presidente de la UD Las Palmas cuando el juez emprendió acciones judiciales contra él por difundir parte de la grabación en la que se les escucha conspirar contra Rosell. Esta denuncia fue finalmente archivada.
Con el auto firmado el pasado 22 de diciembre y notificado este lunes a las partes, Alba se desmarca de los pronunciamientos anteriores de la Audiencia Provincial de Las Palmas en relación a los recursos presentados por el empresario contra el cierre cautelar de la bodega Stratvs, incluido uno firmado por él mismo en 2014. En aquel auto, la Sección Sexta, también con Salvador Alba como ponente, enumeraba las “múltiples irregularidades” detectadas en la construcción de la bodega, situada en pleno corazón del espacio protegido de La Geria, y recalcaba que ni siquiera habían sido discutidas en el recurso. Aunque los propietarios habían solicitado una licencia para rehabilitar una vivienda de valor etnológico y construir una bodega subterránea de 900 metros cuadrados, acabaron demoliendo el inmueble y levantando un complejo que supera los 12.000 metros cuadrados y que incluye un restaurante, una terraza y aparcamientos.
En ese auto de 2014, Alba recordaba que los dueños acometieron todas las actuaciones con pleno conocimiento de que la construcción “ni estaba autorizada ni era autorizable” y añadía entre los motivos para rechazar el alzamiento de la medida cautelar de cierre la contaminación producida por los residuos que la empresa vertía a los acuíferos de este espacio protegido. Incluso llegaba a afirmar que el único responsable de los perjuicios económicos ocasionados por la clausura del recinto, sobre todo la pérdida de puestos de trabajo, era el propio empresario que había levantado ese macrocomplejo en un proceso plagado de irregularidades.
Ahora, dos años y medio después, tras una resolución similar de otra sección de la Audiencia Provincial en 2015 y a escasos seis meses de que se celebre el juicio oral, del que también será ponente, Alba da un giro a la causa y admite los razonamientos del empresario, aduciendo que tres años de medidas cautelares son demasiados, incluso para los casos “más gravosos”. “Lejos de apreciar una contradicción entre lo valorado por la Sala en su día y lo que hoy se valora en esta resolución, debe complementarse con los nuevos documentos que se aportan”, señala en el auto.
La diferencia estriba, en opinión del juez, en los últimos documentos e informes periciales presentados por la defensa de Juan Francisco Rosa. En concreto, en aquellos que demostrarían que en el paraje natural en el que se sitúa Stratvs no existe una red hídrica y que la bodega, cerrada desde 2013, ya no emana vertidos residuales. Cuando sí estaba en funcionamiento, tanto el Seprona, como el Cabildo de Lanzarote y peritos judiciales acreditaron el alto grado de contaminación que provocaba la actividad de la empresa. La Fiscalía de Medio Ambiente aseguró en su escrito de acusación que estos vertidos suponían un grave riesgo no sólo para el espacio protegido de La Geria y sus acuíferos, sino también para la salud de las personas.
El auto, en cambio, da por válidos los documentos aportados por Rosa sin valorarlos en profundidad, al entender que debe ser en la fase de juicio oral cuando deban ser sometidos a contradicción. La Sala alude a criterios jurídicos basados en “la apariencia del buen derecho” para levantar la medida cautelar de prohibición de actividad y cierre del complejo Stratvs. “En el proceso penal, quien soporta la medida cautelar recibe un perjuicio de difícil o imposible reparación. Por ello, deben existir claros indicios de un hecho delictivo y debe ser absolutamente necesaria la medida cautelar para garantizar las resultas de todo proceso penal, esto es, garantizar el bien jurídico protegido y la tutela judicial efectiva”, reza la resolución, que agrega que en 2014 se denegó el alzamiento de esta medida cautelar porque la instrucción no había concluido y era “imposible o difícil” conocer la duración de esta fase.
Anulación del Plan de La Geria
La resolución notificada este lunes ha causado estupor entre los denunciantes del caso, entre ellos la asociación Transparencia Urbanística, que recuerda que han sido hasta cuatro los autos fundamentados que han concluido que la bodega Stratvs es una industria “clandestina” que carece de títulos habilitantes para poder operar y que no tiene soporte legal en el planeamiento insular.
El empresario Juan Francisco Rosa ha defendido que la aprobación del Plan Especial de La Geria por parte de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) en enero de 2013 implicaba la legalización de las obras de la bodega. Sin embargo, este plan ha sido anulado en dos ocasiones en los dos últimos meses por el TSJC. Ya en la instrucción del caso Stratvs, una abogada del Cabildo de Lanzarote emitió un informe pericial en el que advertía de que ese documento presentaba vicios de nulidad, puesto que el Gobierno canario se había limitado a aprobar definitivamente un plan que había sido tumbado en 2010, sin someterlo a todos los procedimientos pertinentes, además de que otorgaba un trato privilegiado a la bodega Stratvs.
Las fuentes consultadas recuerdan que en paralelo al procedimiento penal se tramitó un contencioso-administrativo que finalizó con una orden de cierre de la tienda y el restaurante que se sitúan a la entrada de las instalaciones. Este proceso se inició a raíz de una inspección realizada en julio de 2013 por técnicos del Ayuntamiento de Yaiza, que comprobaron de primera mano que la empresa propiedad de Juan Francisco Rosa desarrollaba estas actividades sin las autorizaciones pertinentes. Sin embargo, tal y como acreditó la Fiscalía en su escrito de acusación, una llamada del empresario a sus trabajadores impidió que los trabajadores pudieran acceder a la bodega, por lo que el informe fue “provisional e incompleto”.
Las mismas fuentes destacan que se podría dar la paradoja de que quienes ejecutaran la resolución judicial para la reapertura de la bodega estuvieran procesados en la causa penal, ya que están acusados técnicos y políticos de diferentes instituciones que siguen en sus cargos.
La Fiscalía pide quince años de prisión para el dueño de la bodega Stratvs, Juan Francisco Rosa, por delitos de falsedad en documento oficial, usurpación de bienes, contra la ordenación del territorio con afectación grave a un espacio natural protegido, contra el patrimonio histórico y contra el medio ambiente por excavación ilegal en un espacio protegido. La asociación Transparencia Urbanística, por su parte, solicita 21 años de cárcel al añadir tres presuntos delitos de tráfico de influencias.