Vuelve la amenaza del fundido ‘a negro’ para la Radio Televisión Canaria (RTVC). El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos (TACP) ha ordenado al ente que ejecute “de inmediato” la resolución que anuló el contrato por el que se está prestando en la actualidad el servicio de transporte de señal. Así consta en la respuesta que ha dado a la petición de aclaración formulada por el administrador único del organismo, José Carlos Naranjo, que no adoptará ninguna medida hasta que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) se pronuncie sobre las medidas cautelares que solicitó en agosto frente a esa resolución que tumbó el concurso y la adjudicación, según han confirmado fuentes oficiales de RTVC.
No es la primera vez que esta amenaza merodea al ente. Ya ocurrió durante la etapa de Santiago Negrín como director general. En aquella ocasión, se convocó un concurso ‘in extremis’ a través de un procedimiento negociado y sin publicidad que fue rechazado por la interventora de la Comunidad Autónoma. La RTVC se vio obligada entonces a recurrir a una fórmula extraordinaria, la de la convalidación de pagos (mes a mes) vía Consejo de Gobierno, para mantener el servicio hasta que el actual administrador, en cumplimiento de lo mandatado por el Parlamento de Canarias con su designación, convocó un concurso que adjudicó en noviembre de 2018 a la empresa Abertis por un importe de 22 millones y una duración de cuatro años.
Ese último concurso fue anulado en agosto por el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, que estimó el recurso presentado por una empresa. Lo hizo después de que el TSJC le obligara a pronunciarse al respecto, ya que su posición hasta entonces había sido la de inhibirse en los asuntos concernientes a la RTVC al entender que debía ser el Parlamento de Canarias quien ejerciera el control orgánico y funcional del ente.
Dos fueron los motivos que llevaron a este tribunal a aceptar el recurso y anular el concurso y posterior adjudicación. Según la resolución, José Carlos Naranjo se extralimitó en sus funciones al convocar un procedimiento que excedía de la gestión ordinaria y de las competencias legales atribuidas al administrador único. Además, incorporó una exigencia técnica en los pliegos que chocaba con los principios de igualdad y no discriminación que deben regir todo concurso público. En concreto, una cláusula que imponía que los emplazamientos de los centros de emisión debían coincidir con los que tenía la empresa adjudicataria. Y ello sin fijar los términos en los que los licitadores podían usar las instalaciones de difusión existentes.
El administrador único de RTVC solicitó una aclaración con respecto a esta resolución. Además de preguntar por los motivos de anulación y por los plazos de ejecución, Naranjo quiso disipar la duda sobre si había sido anulado el escrito inicial del tribunal de contratos públicos, aquel en el que se declaraba incompetente para resolver. En su respuesta, el TACP explicó que esa resolución no se puede dar por anulada hasta que no se pronuncie sobre el fondo del asunto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, la misma que le obligó a manifestar su posición con respecto al recurso presentado por una empresa en contra del concurso.
“Sin perjuicio de la aclaración y de que el órgano de contratación solicitar ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC la suspensión de su eficacia, la indicada resolución ha de ser ejecutada de inmediato”, concluye el tribunal.
José Carlos Naranjo entiende, sin embargo, que esa resolución no será firme hasta que el alto tribunal canario no se pronuncie sobre las medidas cautelares que solicitó en agosto contra el primer escrito del TACP, en las que solicitaba que se dejara sin efecto lo contenido en él, es decir, la anulación del concurso y posterior adjudicación del contrato de señal de radio y televisión.