El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado dos sentencias en las que reconoce el derecho a ser indemnizados con 25.000 euros en un caso y con 27.000 euros en otro a dos pacientes que sufrieron ceguera en un ojo operado como consecuencia de un medicamento defectuoso.
En toda España son alrededor de 150 las personas que se sufrieron entre 2014 y 2015 las consecuencias de una partida defectuosa de este producto que se utilizó en las operaciones de desprendimientos de retina, pero fue en Canarias donde este medicamento causó mayores estragos, ya que se considera que hay 37 pacientes afectados.
Hasta ahora en el Archipiélago se han emitido una veintena de sentencias que reconocen indemnizaciones por más de 650.000 euros en los distintos ámbitos judiciales, pero cuyos resultados son contradictorios.
Ello se debe a que mientras los Juzgados de primera Instancia en ocasiones se responsabiliza al Servicio Canario de la Salud (SCS), el TSJC y el Tribunal Supremo en la mayoría de ocasiones abren la vía a que la reclamación se dirija contra la empresa farmacéutica y a la Agencia Española de Medicamentos, organismo que debe garantizar el correcto estado de los productos.
El problema añadido es que Alamedics GmbH & Co. KG, la compañía alemana que fabricó el medicamento defectuoso, denominado Ala Octa, quebró después de ocurridos los hechos.
A todo ello se une que los pacientes deben personarse en los tribunales alemanes para presentar las reclamaciones contra la aseguradora, con los elevados gastos que conlleva y que son muchas veces inasumibles.
La Agencia Española de Medicamentos ordenó en 2016 el cese de utilización del fármaco pero ya era demasiado tarde, pues ya los pacientes a los que había sido suministrado habían perdido de forma irreversible la visión, a veces de los dos ojos.
El caso más grave, en Tenerife
El caso más grave de todos los que han llegado a los tribunales desde Canarias es el de un tinerfeño al que en principio el Juzgado en primera instancia le reconoció el derecho a cobrar más de medio millón de euros por parte del SCS.
Pero finalmente el Supremo determinó que debía dirigir sus recursos contra la Agencia, la farmacéutica y su aseguradora.
El denunciante tenía 53 años cuando el 7 de noviembre de 2014 fue diagnosticado de desprendimiento de retina en su ojo derecho, el único por el que podía ver. Una semana más tarde fue intervenido en una operación en la que se utilizó este producto con fatales consecuencias y en la actualidad se le ha reconocido una invalidez permanente por la que recibe algo más de 2.800 euros.
En cuanto a las dos últimas sentencias que ha emitido el TSJC, una de ellas revocó un fallo anterior que cifraba la indemnización en 11.500 euros y la elevó a 25.000 euros de los 250.000 solicitados y de cuyo pago hizo responsable a la compañía y a la aseguradora alemana.
Esta última alegó que los defectos del medicamento no se podían detectar en aquellos momentos y que la gravedad del estado de la paciente era irreversible y hacía imposible su cura a través de cualquier método.
En la segunda sentencia de las últimas emitidas hasta ahora, el tribunal da la razón a un paciente que reclamaba 27.793 euros de cuyo pago también hace responsable a la compañía y a su aseguradora.
Los argumentos son los mismos en ambos fallos, que ahora están siendo analizados por el Supremo.
Dificultades para lograr la indemnización
Luego hay otros dos anteriores del TSJC en los que se reconoce a otros tantos pacientes el derecho a cobrar 81.000 y 25.000 por parte de la aseguradora.
Miguel Ángel Serrano García, que ejerció como jefe del Departamento de Oftalmología del Hospital Universitario de Canarias (HUC) y fue miembro de la Agencia Española de Medicamentos, ha hablado de este caso con EFE.
Ha sido testigo directo de lo ocurrido en aquellos años, actuó como perito judicial y antes de jubilarse ofreció varias ruedas de prensa defendiendo a los pacientes. Indica que en este asunto se da la paradoja de que los tribunales se ponen del lado de los afectados pero para cobrar deberán personarse en los tribunales de Alemania, sede de la aseguradora.
Algunas comunidades autónomas han resuelto el problema indemnizando directamente a los pacientes. En Canarias hasta ahora se ha eludido esta solución apelando al elevado número de afectados.
Serrano García mantiene que ni el SCS ni la Agencia son responsables de lo ocurrido en cuanto que el problema se origina por la aparición de seis lotes defectuosos.
Una vez que inmediatamente fueron identificados, el organismo “actuó de forma diligente y realizó una labor formidable” hasta el punto de que consiguieron cambiar la normativa europea para que estos hechos no se vuelvan a repetir. Reconoce que el problema “es gordísimo” y que los pacientes canarios “están en el limbo”.