Salvador Alba sigue identificándose como juez en una escritura notarial tres meses después de ser expulsado de la carrera

El exjuez Salvador Alba. (EFE/ ELVIRA URQUIJO)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
14 de junio de 2022 19:34 h

4

Tres meses después de ser expulsado de la carrera judicial por una condena firme a penas de prisión e inhabilitación para el ejercicio del cargo, Salvador Alba sigue identificándose como magistrado-juez en una escritura pública ante notaría. En concreto, en la que otorga poderes a uno de sus abogados, Nicolás González-Cuéllar, para que lo represente en el incidente de recusación que ha formulado contra el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Juan Luis Lorenzo Bragado, para tratar de apartarlo de la Sala encargada de la ejecución de la sentencia que le impuso seis años y medio de cárcel por conspirar contra Victoria Rosell durante los meses en que la sustituyó al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria cuando la hoy delegada del Gobierno contra la Violencia de Género pidió la excedencia voluntaria para concurrir a las elecciones generales de 2015 como independiente en las listas de Podemos por la provincia de Las Palmas. 

Esa escritura de poder especial, fechada el pasado viernes 10 de junio, está firmada por el notario José del Cerro Peñalver y, en su encabezado, en la parte en la que identifica a los comparecientes en este acto de fe pública, alude a Alba como “mayor de edad, de nacionalidad española, casado, Magistrado-Juez, vecino de Telde”. 

Según la definición que figura en el Consejo Nacional del Notariado, las escrituras notariales son documentos públicos que ofrecen “la máxima seguridad jurídica en nuestro derecho”. “Tiene unos efectos poderosos, regulados específicamente por las leyes, que superan con mucho los que tiene un documento privado. Las administraciones, los jueces y la sociedad en general atribuyen credibilidad absoluta a los hechos o declaraciones que constan en una escritura pública”, añade.

Entre las condiciones que debe reunir un documento notarial figura la de autenticidad. Es decir, que lo que en ella se recoge debe ser cierto. “Los particulares que firman una escritura pública tienen la seguridad de que nadie podrá poner en duda su veracidad”, expone al respecto la página del Consejo Nacional del Notariado. 

Fue el pasado jueves 3 de marzo cuando la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó la expulsión de Salvador Alba de la carrera judicial. Entonces habían transcurrido 99 días desde que adquiriera firmeza la sentencia que condenó al hasta ese momento magistrado a seis años y medio de cárcel y 18 de inhabilitación, además de una multa de 12.150 euros y de la obligación de indemnizar a Victoria Rosell con 60.000 euros como víctima de sus delitos, por manipular un procedimiento penal que instruía con el propósito de intentar dañar la reputación de la magistrada en excedencia y alimentar la querella que contra ella había presentado José Manuel Soria, que en aquel momento ostentaba la Presidencia del Partido Popular (PP) de Canarias y era ministro de Industria, Energía y Turismo en el Gobierno presidido por Mariano Rajoy. 

La condena del Tribunal Supremo a Alba ya llevaba aparejada la “pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo”.

El notario que firma esta escritura en la que Alba figura como “magistrado-juez” es el mismo que protocolizó el documento que fue presentado por la defensa al inicio del juicio, celebrado en julio de 2019, como la pretendida prueba de una “confabulación” contra el acusado. Se trataba de un escrito en el que Héctor de Armas, exadministrador de Seguridad Integral Canaria, denunciaba que los audios que dieron origen a la causa, grabados en el despacho del juez por el empresario Miguel Ángel Ramírez, tenían por objeto “chantajear” a Alba para forzarle a archivar la investigación que seguía contra él por fraude fiscal. 

De Armas, que había sido en años precedentes la mano derecha de Ramírez en esa empresa, fue presentado en la sesión inaugural del juicio como el testigo estrella de la defensa, que llegó a sostener que sus afirmaciones desmontarían las acusaciones contra Alba y demostrarían que el aún juez había sido víctima de una confabulación. Sin embargo, el discurso de Héctor de Armas, a cuyo testimonio había renunciado la acusación popular, quedó diluido en vaguedades y referencias a comentarios de terceras personas, por lo que ni el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en la primera sentencia, ni el Supremo, en la resolución posterior, concedieron relevancia a la declaración de este testigo.

Salvador Alba continúa en libertad casi siete meses después de la condena firme. Recientemente, un tercer informe forense (los dos primeros fueron anulados después de que el penado recusara a sus autoras) dictaminó que las enfermedades que padecen no son incompatibles con su ingreso en un centro penitenciario.

La última estrategia de su defensa, ejercida por el abogado Nicolás González-Cuéllar, ha sido recusar al presidente del TSJC porque en una comparecencia en comisión parlamentaria contestó a un diputado del grupo Sí Podemos acerca de una pregunta referente al retraso en el cumplimiento de la pena de cárcel de Salvador Alba. En la Cámara Regional, Juan Luis Lorenzo Bragado defendió la “pulcritud” de la Sala que preside en ese procedimiento de ejecución y negó haber otorgado un trato privilegiado al caso del exjuez.  

síguenos en Telegram

Etiquetas
stats