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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El Supremo confirma la condena al hombre que mató al conserje del Cabildo de Gran Canaria

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 14 años de cárcel impuesta al ciudadano marroquí que en 2011 mató a un conserje jubilado del Cabildo de Gran Canaria, Fermín Ortega, tras rechazar, entre otras cuestiones, que el jurado que lo declaró culpable se guiara por pruebas ilícitas.

En una sentencia hecha pública este lunes, la Sala Segunda del Supremo ratifica la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que confirmó a su vez la emitida por la Audiencia de Las Palmas contra el acusado Abdechak Chabani en 2013.

En ella también se condenó a dos años de prisión a la acusada Fátima Ait Ben Salah, como encubridora de la muerte del conserje, cuyo cadáver no llegó a localizarse y sigue desaparecido en la actualidad.

Según los hechos declarados probados por el jurado, el acusado trazó un plan para hacer desaparecer al conserje, con el fin de recuperar la relación sentimental con la acusada, tras enterarse de que pretendía casarse con el fallecido.

El acusado, el 20 de abril de 2011, citó a Fermín en su domicilio de La Isleta, en Las Palmas de Gran Canaria, y le dio un golpe en la cabeza con un objeto contundente como un martillo o un palo, que hizo que la víctima cayera al suelo, donde le siguió golpeando. Luego, se deshizo del cadáver y del arma, según el veredicto.

Así mismo, la sangre hallada en la casa del acusado se comparó con la del único hijo del conserje y resultó ser compatible en un 99,99% de posibilidades en relación con cualquier otro individuo.

En el recurso, rechazado por el Supremo, se alegaba que se había vulnerado la presunción de inocencia del acusado, así como que se había violado el secreto de la comunicación y no se había respetado la inviolabilidad del domicilio del acusado.

Además, desde la defensa del acusado se apuntó que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva por la falta o insuficiencia de motivación del veredicto emitido por el jurado.