El Tribunal Supremo ha declarado extinguida la responsabilidad criminal del exdirigente de Podemos Alberto Rodríguez, si bien esta decisión no excluye las consecuencias en el ámbito parlamentario que ha tenido su condena, que se tradujo en la retirada de su escaño.
El Alto Tribunal impuso a Rodríguez una multa de 540 euros tras ser condenado por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en La Laguna (Tenerife)en 2014 y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días.
Dice el tribunal en un auto, al que ha tenido acceso Efe, que “habiendo satisfecho la pena de multa y habiendo cumplido la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por tiempo de un mes y 15 días, con fecha 5 de diciembre de 2021, procede declarar por extinguida la responsabilidad criminal derivada de la presente causa por cumplimiento”.
Ahora bien, fuentes del Supremo han precisado a Efe que esto no excluye las consecuencias en el ámbito parlamentario que ha tenido su condena, una vez que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, le retiró el acta de diputado, decisión que Rodríguez ha recurrido en amparo al Constitucional porque la considera “injusta e ilegal”.
Precisamente, el exdirigente de Podemos le pidió a finales del pasado año a Batet que le restituyera el acta “sustraída que actualmente nadie ocupa” en la Cámara porque ya había finalizado su condena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo.