Anulado otro concurso de RTVC por la incompetencia de su administrador único

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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Ni siquiera un ex vocal de la Audiencia de Cuentas de Canarias, con una experiencia de más de dos décadas revisando contratos públicos, es capaz de gestionar dentro de la legalidad la Radio Televisión Canaria (RTVC). Así lo ha puesto de manifiesto el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias, dependiente de la Consejería de Hacienda, que ha anulado el contrato por el que se está prestando el servicio de transporte de señal de la radio y la televisión públicas y ha declarado la manifiesta incompetencia de su actual administrador único, José Carlos Naranjo Sintes, para hacerlo. En una resolución de 60 folios dictada por orden de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el tribunal administrativo se ha visto obligado a pronunciarse sobre un concurso adjudicado a Abertis en noviembre de 2018 por importe de más de 22 millones de euros y una duración de cuatro años.

No es la primera vez que este contrato es anulado por su manifiesta ilegalidad. Ya ocurrió lo mismo durante la convulsa etapa de Santiago Negrín como director general de RTVC, cuando convocó in extremis un concurso para el transporte de señal mediante un procedimiento negociado y sin publicidad que fue rechazado por la interventora general de la Comunidad Autónoma, que se negó a bendecir la firma del correspondiente contrato. Con la llegada de Naranjo Sintes por la vía de urgencia y mediante la modalidad de la figura del administrador único, se volvió a convocar un nuevo concurso que salvó -también sobre la campana- las emisiones de los dos medios de comunicación de titularidad pública. Ahora el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos declara nulo ese contrato y comunica al administrador único que debe informarle del procedimiento que piensa seguir para cumplir con la resolución, que tiene carácter ejecutivo y contra la que, no obstante, cabe recurso. Naranjo Sintes no podría en esta ocasión mantener la prestación de los servicios y pagar al proveedor mediante la fórmula extraordinaria de la convalidación vía Consejo de Gobierno, como se vio obligado a hacer el Ejecutivo de Fernando Clavijo cuando estallaron los desaguisados de Santiago Negrín.

En la resolución del tribunal, firmada por su titular, Pedro Gómez, se admiten dos de los cuatro motivos esgrimidos en el recurso interpuesto por la compañía Difusión de Telecomunicaciones de Canarias, S.L. En concreto, la falta de competencia del administrador único para constituirse en órgano de contratación y formular la convocatoria del concurso, y por la introducción en los pliegos de exigencias técnicas no justificadas objetivamente, en concreto los emplazamientos de centros de emisión coincidentes con los que tenía la empresa adjudicataria, que ya venía prestando los servicios al ente público.

La introducción de esas exigencias favoreció a Abertis y ha conducido al tribunal a manifestar que “lo que no permite el principio de igualdad entre licitadores y de no discriminación (...) es que se pueda llegar a obligar a los mismos a conveniar los emplazamientos para la prestación del servicio de forma que el resultado de la licitación dependa de una entidad privada”.

Han quedado rechazados los argumentos de una tramitación de urgencia no justificada y la “irregular fórmula de la convocatoria, mediante una mercantil [Televisión Pública de Canarias] a favor de una tercera entidad [Radio Pública de Canarias]”. El órgano de control de contratos públicos ha dejado establecido que el administrador único de RTVC no debió nunca haber convocado ni resuelto este concurso porque “no estamos ante un supuesto de gestión ordinaria, y por ende, de la competencia del administrador único”.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos siempre ha sido renuente a manifestarse sobre los contratos relacionados con RTVC por considerar que se trata de un ente público dependiente del Parlamento de Canarias y no del Gobierno regional, vía Consejería de Hacienda. Pero un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, de abril pasado, le ha obligado a hacerlo bajo la amenaza de incurrir en desobediencia.