La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha admitido a trámite el recurso de queja formulado contra la decisión del Juzgado número 5 de Las Palmas que rechazó la personación del ente público empresarial (Epel) de los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT) en el pleito de la Cueva de los Verdes.
Según informó el Cabildo, el TSJC ha dictado un auto en el que permite que los argumentos de los Centros Turísticos y no solo los del Cabildo sean tenidos en cuenta en el recurso de casación contra la sentencia que condenó a la Corporación insular a restituir la posesión de la Cueva de los Verdes al Ayuntamiento de Haría.
Además, el Juzgado ordenó que Centros Turísticos abonase al Ayuntamiento de Haría la recaudación obtenida entre noviembre de 2010, cuando el Consistorio instó al Cabildo a entregar la Cueva, y febrero de 2015, cuando se dictó sentencia.
Según la interpretación del Cabildo, con la admisión a trámite del recurso presentado por la Epel de los Centros Turísticos, el Tribunal Superior de Justicia “viene a reconocer que no sólo debió ser parte del procedimiento desde su origen, que no lo fue, sino que se debió admitir su recurso de apelación frente a la sentencia de fecha 10 de febrero de 2015”.
Sigue leyendo esta información en Diario de Lanzarote.