El Consejo Consultivo ha avalado la ley canaria de alquiler vacacional propuesta por el Gobierno regional, conformado por Coalición Canaria (CC) y Partido Popular (PP), pero ha formulado reparos y observaciones a una veintena de artículos y disposiciones de la norma que está a un paso de llegar al Parlamento autonómico, el último trámite para su aprobación.
El órgano consultivo del Ejecutivo de las Islas ha dado el visto bueno al texto porque, en resumidas cuentas, tiene que ver con tres materias sobre las que el Archipiélago ostenta competencias: turismo, vivienda y urbanismo. Sin embargo, en su retahíla de objeciones, ha expresado una que va contra la línea de flotación que ha utilizado la consejera de Turismo y Empleo, Jessica de León, del PP, para justificar la normativa.
En su dictamen, que es preceptivo, pero no vinculante, el Consejo Consultivo reprocha al Gobierno canario su intención de modificar un artículo de la polémica Ley del Suelo de Canarias, aprobada en 2017, a través de una disposición final. El apartado en cuestión dice lo siguiente:
“En las zonas reservadas para el desarrollo turístico, los planes insulares de ordenación podrán identificar aquellas zonas o núcleos de las mismas en las que no se deban permitir nuevos crecimientos turísticos ni residenciales por ser incompatibles con el principio de desarrollo sostenible o tener el carácter de espacios saturados”.
Pues bien, el anteproyecto de la ley canaria de alquiler turístico propone modificar ese artículo para que en lugar de “en las zonas reservadas para el desarrollo turístico”, conste “en todo el territorio insular”. Ese cambio ha llamado la atención del órgano consultivo, que le ha espetado al Ejecutivo regional que su proyecto para regular el alquiler vacacional, precisamente, “no guarda correlación” con el desarrollo sostenible “y con la evitación de la sobrecarga cuando el espacio ya se encuentre saturado”.
El Consejo Consultivo fundamenta esta consideración en la “posibilidad de crecimientos, bien turísticos o bien residenciales”, que permite la futura ley. Conviene recordar que la norma canaria pretende establecer un porcentaje máximo del 10% de la “edificabilidad residencial prevista” del municipio a las viviendas vacacionales, es decir, autoriza que una de cada diez casas (dos de cada diez en las llamadas Islas Verdes, estas son, La Palma, La Gomera y El Hierro) en cada localidad puedan explotarse con fines turísticos.
El número de pisos turísticos sobre el total supera el 10% en 17 municipios canarios. En el resto, aún hay mucho margen, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). De León llegó a afirmar en la Radio Televisión Canaria (RTVC) que en las Islas hay poco más de un millón de casas y que “lo que ha dicho el Gobierno” es que, de ese total, el 10% puede incorporarse al alquiler turístico. También dijo que la ley es la primera piedra del “cambio de modelo” exigido en las manifestaciones contra el turismo masivo del pasado 20 de abril. El Consultivo ha sugerido, no obstante, que poco hará esta normativa por evitar la saturación turística.
Una veintena de reparos y observaciones
El dictamen del órgano reprocha al Ejecutivo inflar la exposición de motivos de la ley. Esta representa 44 de las 74 páginas que componen el texto del anteproyecto. Haber alargado tanto este apartado no contribuye al “correcto entendimiento de cuáles son los objetivos de la regulación”.
También cuestiona que el Gobierno haya solicitado la elaboración del dictamen a través del procedimiento de urgencia. La Consejería de Turismo lo hizo así porque el acelerón de la vivienda vacacional en los últimos meses hace “indiscutible” la necesidad de regular su actividad. Pero el Consultivo recuerda que tan solo falta el trámite parlamentario para aprobar la ley (difícil que llegue antes de febrero) y que la “complejidad técnico-jurídica” y “extensión” de la norma han dificultado que el análisis se haya efectuado “con total garantía” dado el corto periodo de tiempo.
El dictamen del Consejo Consultivo ve “incertidumbre jurídica” en que la reserva de suelo para alquiler vacacional, ese 10 o 20% comentado anteriormente, pueda incrementarse si el municipio es capaz de justificarlo mediante un estudio de capacidad de carga. La norma “no establece criterios o porcentajes mínimos” que protejan el suelo de uso residencial, agregando únicamente conceptos “indeterminados” como “la suficiencia de suelo” o que “no se ponga en riesgo la protección del entorno urbano ni del medio rural”.
El órgano también advierte al Ejecutivo regional que podría estar excediéndose de la competencia autonómica al establecer que “las terceras personas” que desempeñen servicios en las viviendas de uso turístico amparadas por el planeamiento estarán sometidas “a la legislación laboral correspondiente”. Dice el Consultivo que familiares o amigos de la persona propietaria del piso turístico podrían encargarse de la recepción de huéspedes o la atención durante la estancia, pero no por ello estarían manteniendo una relación laboral. Añade, además, que la legislación laboral es “de competencia exclusiva estatal”.
Por otro lado, el dictamen también ve inseguridad jurídica en la disposición adicional que regula la clausura y el cese de la actividad turística cuando la vivienda incumpla una serie de medidas. El Gobierno prevé la aplicación de los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2011, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y “otras medidas administrativas complementarias”. El Consultivo apunta que “la indeterminación de estas últimas podría comprometer la seguridad jurídica, especialmente cuando están conectadas a un procedimiento sancionador”.