La Ley LGTBI de Cantabria garantizará el tratamiento hormonal para menores transexuales
El Gobierno de Cantabria ha presentado de manera oficial el anteproyecto de Ley para la Igualdad de Trato y No Discriminación por Razón de Orientación Sexual e Identidad de Género, una norma que recoge el derecho de los menores transexuales al tratamiento para bloqueo hormonal y al tratamiento hormonal cruzado fijado por el médico y que incluye también estrategias de salud específicas para el colectivo LGTBI y la igualdad de acceso a tratamientos de reproducción asistida para mujeres lesbianas y bisexuales.
El anteproyecto se va a publicar en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) de forma inmediata y saldrá a información pública durante 20 días. Una vez incorporadas las aportaciones recibidas en este proceso, el Gobierno PRC-PSOE hará llegar el texto al resto de grupos políticos con representación parlamentaria y pretende aprobar la ley en el Parlamento de Cantabria “antes de que termine el año”.
Así lo ha explicado este miércoles la vicepresidenta autonómica y consejera de Política Social, Eva Díaz Tezanos (PSOE), acompañada por Kiara Bambrilla, representante de la Asociación de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales de Cantabria (ALEGA), en una rueda de prensa en la que han explicado que la norma supone “un logro muy importante” y la “prueba de un compromiso” para favorecer una sociedad tolerante y erradicar la discriminación por motivo de género y orientación sexual.
El borrador contempla una serie de medidas específicas en el ámbito educativo, sanitario y social, así como las obligaciones que adquirirán las administraciones públicas de Cantabria o el régimen sancionador, que varía desde las multas de hasta 1.000 euros para las infracciones leves a las multas de hasta 30.000 euros para las infracciones muy graves.
La ley, a lo largo de sus 64 artículos, recoge el derecho a la igualdad de trato y no discriminación de estas personas, y las políticas públicas que se llevarán a cabo para garantizar este derecho en el ámbito educativo, sanitario, social, laboral, en la cultura, el ocio, el turismo, el deporte, los medios de comunicación, en justicia, interior y en la asistencia a víctimas.
Además, recoge los mecanismos para garantizar el derecho a la igualdad de las personas LGTBI, como es el derecho de admisión y el derecho a la protección y atención. “La Comunidad Autónoma de Cantabria quiere seguir avanzando en esta conquista social y en la tolerancia y el respeto a la dignidad de las personas”, ha defendido la vicepresidenta.
Normativa nacional
Brambilla, por su parte, ha incidido en la necesidad de que este derecho se regule por ley a nivel nacional, y ha llamado a los partidos políticos de la comunidad autónoma a que los apoyos que muestran durante las campañas electorales “se traduzcan en un apoyo sin condiciones a esta ley, en un apoyo total”.
“Nos gustaría que no hubiera una ley diferente en cada comunidad autónoma, donde según el territorio tengas unos derechos u otros pero tristemente el Gobierno central aun no se ha puesto a trabajar en este tema”, ha afirmado la secretaria de ALEGA en Cantabria, que ha señalado que esta semana se registrará en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley en el que la federación estatal ha trabajado con las diferentes fuerzas políticas, “pero no sabemos a que puerto llegará ni cuánta fuerza perderá por el camino”.
También ha puesto en foco en la trascendencia de esta ley, que a su juicio responde a una “demanda histórica”, y ha recordado las represiones y ataques a los derechos humanos que han padecido y aún sufren las personas LGTBI. “En este camino son muchas las personas que no pudieron llegar”, ha recordado Brambilla, quien ha llamado al apoyo de los partidos políticos para conseguir “una sociedad igualitaria, más justa y decente”.
Menores transexuales
La vicepresidenta ha explicado que la ley quiere garantizar de manera definitiva el derecho de los menores transexuales a expresar y desarrollar libremente su personalidad durante su infancia y adolescencia conforme a su identidad sexual.
Para ello, en los centros docentes se garantizará que el profesorado y personal del centro se dirija al menor transexual por el nombre elegido y la identidad elegida por este en todas las actividades docentes y extraescolares en el centro, incluyendo los exámenes, y se respetará su imagen física y la libre elección de su indumentaria, incluido el uniforme que elija.
La confidencialidad de sus datos y la adecuación de la documentación administrativa a su identidad elegida, así como el acceso y uso de las instalaciones del centro de acuerdo con su identidad de género, incluyendo los aseos y los vestuarios son otras de las medidas que expresamente recoge la ley.
Además, el Gobierno no suscribirá conciertos, ni subvencionará o dará ayudas públicas a aquellos centros que discriminen al alumnado por razón de identidad y orientación sexual o por expresión de género.
En materia sanitaria, los menores transexuales tienen derecho a recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad y tratamiento hormonal para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad en el sexo deseado.
Según el anteproyecto de ley, la negativa de los progenitores a autorizar estos tratamientos deberá ponerse en conocimiento de la autoridad judicial en aquellos casos en los que, por causar un grave perjuicio o sufrimiento al menor o ser contraria al mayor beneficio para su vida o salud.
Por otra parte, se consideran situaciones de riesgo de desprotección o de desprotección infantil la no aceptación, por parte de los progenitores de la orientación sexual o la identidad de género y siempre que esta circunstancia haya provocado o pueda llegar a provocar un daño significativo en su bienestar y desarrollo.