Los servicios jurídicos de la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC) están estudiando la posibilidad de recurrir la decisión de la Consejería de Sanidad de fijar el horario de cierre de los establecimientos del sector a la una de la madrugada, después de que el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad haya anulado el límite establecido a las diez y media de la noche.
Ante esto, el colectivo ve “muy posible” presentar un nuevo recurso contra el acuerdo del Gobierno autonómico, después de que el TSJC determinase la apertura de bares y restaurantes conforme a la licencia de cada negocio.
Hay, por tanto, “altas probabilidades de que lo vamos a recurrir”, ha manifestado a Europa Press el presidente de la AEHC, Ángel Cuevas, que previamente había expresado su deseo de que “impere el sentido común” en el Ejecutivo y “se ajuste al auto”.
El departamento que dirige Miguel Rodríguez ha decidido fijar a la una de la madrugada el horario de cierre de los locales hosteleros, que no podrán admitir nuevos clientes desde las 00.00 horas, según ha anunciado Sanidad en un comunicado.
Por la mañana, antes de conocer el auto judicial, el consejero había anunciado otro horario más restrictivo -se ampliaba hasta las 00.00 en la hostelería de los municipios de nivel 1 y 2 y se mantenía el que estaba vigente en aquellos en riesgo 3 y 4-, si bien la resolución del TSJC ha llevado a Sanidad a cambiar sus previsiones.
Así, finalmente aplicará la Orden ministerial que determina que el horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, así como de terrazas y bares de playa, será, como máximo, a la 1.00 horas, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00.00 horas.
Sanidad ha señalado que esta disposición está incluida en la Orden del Ministerio que recoge el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) del 14 de agosto y que “aún sigue estando en vigor”.
Por eso, la Consejería incorporará esa limitación horaria en la resolución de medidas correspondientes a los municipios de Cantabria en función de su nivel de riesgo por COVID-19. Y recuerda que la citada orden decretó el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, “que también continúa vigente”.
Rodríguez ha considerado que con el auto “queda descartada por el tribunal la restricción efectuada por la autoridad sanitaria autonómica” (la Consejería), lo que supone “la automática aplicación del mínimo común estatal” recogido en la orden ministerial.
Los hosteleros se habían mostrado “muy contentos y satisfechos” con la resolución judicial que les daba la razón en algo que “desbordaba sentido común”, y frente a una medida -limitación horaria- que servía “solo para alimentar el botellón”. Por eso, desde la AEHC avisaban al Ejecutivo regional de que si no se ajustaba al auto del TSJC volverían a recurrir, como estudian hacer.