El Juzgado de Instrucción Número 4 de Santander ha archivado las actuaciones contra el diputado Juan Ramón Carrancio, el concejal de Santander David González, así como contra el que fuera delegado territorial de Ciudadanos, Jesús Calleja, y Roberto Morales, coordinador de la campaña de este partido en 2015, en relación con la supuesta falsificación de un acta.
En el auto, fechado el 12 de septiembre y difundido a los medios de comunicación, el juez inadmite a trámite la denuncia contra David González, Jesús Calleja y Roberto Morales “por no ser los hechos constitutivos de infracción penal alguna”.
Además, deniega la personación del denunciante, el abogado Luis Miguel Pérez Espadas, como acusador particular “por no ser ofendido” por el delito y como acusador popular, por no haber presentado querella ni ofrecido fianza.
Asimismo, declara la incompetencia del Juzgado de Instrucción para admitir a trámite la denuncia contra Carrancio al ser éste diputado en el Parlamento de Cantabria, por lo que la querella debería, en su caso, haberse interpuesto ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
La denuncia contra Juan Ramón Carrancio, David González, Jesús Calleja y Roberto Morales por un delito de falsedad documental se presentó el 26 de junio y en ella se les acusaba de haber falsificado un acta de una reunión en Torrelavega en la que Ciudadanos designaba a Morales como coordinador de campaña ya que, según sostenía la denuncia, “algunos de los aparecen como intervinientes se encontraban en una convención del partido en Madrid”.
Tras interponerse la denuncia, el 30 de junio Carrancio y González anunciaron su marcha de Ciudadanos Cantabria -partido con el que consiguieron sus cargos públicos en los que aún se mantienen- y aseguraron ser víctimas de un “montaje político” en relación a una supuesta falsificación del acta.
Y es que ese acta fue presentada como prueba en otro procedimiento judicial por un delito electoral contra un policía local al que se le acusaba de coordinar la campaña electoral de Ciudadanos en Cantabria en las elecciones autonómicas y municipales celebradas en 2015 pese a su puesto de policía.
Adentrándose en el acta, en base a la cual se planteó la denuncia, el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander destaca que, a pesar de que ésta solo está firmada por David González, se denuncie a Morales cuando “no confecciona el documento ni tampoco los aporta al proceso” y, por lo tanto, “es díficil que pueda haber cometido delito”.
Asimismo, señala que en el documento se dice que en la reunión de Torrelavega había tres personas, González y otras dos que no se han propuesto como testigos en el procedimiento, pero el denunciante insiste en que todos estaban ese día en Madrid.
Frente a ello, el propio González declaró en el procedimiento que “no recuerda haber participado en un acto en Torrelavega” pero no se le preguntó por su asistencia o no a la convención de la capital el mismo día, y Carrancio, en las diligencias previas, señaló que había podido existir “un error de fechas sin importancia”.
“Se desconoce así de donde extrae el denunciante la información de que ese día estaba en la convención de Ciudadanos en Madrid y no en Torrelavega pero en cualquier caso, se celebrara la reunión cuando se celebrara, lo que nadie pone en duda es que Roberto Morales había sido designado por los órganos del partido coordinador de la campaña”, apunta el auto.
Ante ello, el Juzgado ha decidido inadmitir a trámite la denuncia y acordar el sobreseimiento de la causa porque “no se ha aportado un elemento o principio de prueba que avale la razonabilidad de la denuncia o, si se prefiere, la verosimilitud de la misma, no siendo suficiente un mero error de data para justificar la incoación de un proceso penal”.