La Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de Cantabria, también conocida como Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, ha sido tradicionalmente el recurso de los gobiernos de turno para introducir reformas legales de calado por la puerta de atrás durante el trámite presupuestario, sin el prolijo procedimiento de una modificación legal al uso.
En virtud del pacto presupuestario entre PP y PRC, la Ley de Acompañamiento de 2025 iba a ser una excepción y había el compromiso exigido por los regionalistas y aceptados por los populares de que no se utilizara como 'ley de leyes'. Incluso está en trámite paralelamente una Ley de Simplificación Administrativa que de por sí supone la introducción de cambios en decenas de normas con rango de Ley.
Fue el PRC quien quiso que en el acuerdo se tuviera en cuenta que la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas no fuera un “coladero” de otras leyes y se limitara solo a ser un contenedor de modificaciones de carácter económico y financiero, en palabras de su portavoz parlamentario, Pedro Hernando.
Pero no ha sido así. Al final, a última hora, superados incluso los plazos de exposición de propuestas previas a los debates de los proyectos de Ley de Presupuestos y Acompañamiento, el trámite final de esta última ha deparado una sorpresa: el PP ha introducido una enmienda que, de aprobarse, permitiría en la práctica una 'Sanidad concertada', similar al sistema privado sostenido con fondos públicos de la Educación.
La enmienda puesta sobre la mesa para su aprobación dentro de la Ley de Acompañamiento permitirá que lo que ahora se concursa se pueda conceder sin licitación y por un período máximo de 24 años, mediante la fórmula de convenio que ata a las partes salvo cambios puntuales que se puedan revisar expresamente.
La Ley de Ordenación Sanitaria de Cantabria recogerá, de aprobarse la enmienda del PP, un nuevo artículo (90bis) en el que se recoge la asistencia privada para determinados tratamientos mediante la fórmula de convenio, que podrá ser ofertado en igualdad de condiciones, o no si el servicio específicamente solo puede ser operado por algunas empresas. Esta excepción permitirá firmar un convenio por 20 años, prorrogable por otros cuatro, por el cual un centro sanitario privado asumiría un servicio público de forma consolidada durante casi un cuarto de siglo.
La enmienda llegará a la Comisión de Economía este jueves cuando se ordene el debate de la Ley de Acompañamiento. En la Mesa de la Comisión se verá también si el PRC ratifica el pacto alcanzado del PP, del cual nunca se había hecho pública esta intención de concertar servicios sanitarios de forma estable y mediante convenio.
El nuevo artículo 90bis, tras indicar que un convenio “de vinculación con entidades sin ánimo de lucro” se podrá convocar públicamente, establece también su excepción, ya sea por motivos geográficos o de cartera de servicios. El fragmento dice así: “Podrá prescindirse de la convocatoria pública cuando existan razones objetivas de planificación de recursos sanitarios, ya sea por motivos geográficos o de cartera de servicios, que justifique la suscripción del convenio con una concreta entidad, extremo que deberá acreditarse”, incide parte del artículo, tras lo cual se añade que podrá tener una vigencia máxima de 24 años.
“Los convenios singulares de vinculación podrán tener una duración máxima de 20 años, incluida su eventual prórroga, que no podrá exceder de cuatro años. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Cántabro de Salud podrá modificar durante su vigencia las condiciones técnicas y económicas en la forma y plazos previstos en el propio convenio”.
La intención del Partido Popular, que gobierna en minoría la Comunidad Autónoma, es que los primeros “convenios singulares de vinculación” se firmen ya en 2025, de ahí que necesite el respaldo legislativo: “La concreción de las condiciones y procedimiento facilitará y acelerará la suscripción de convenios con cargo al Presupuesto de 2025”, se indica en la motivación de la enmienda.
Sanidad concertada
Que una empresa sanitaria sea 'sin ánimo de lucro' no impide que pueda concurrir a este tipo de convenios con centros privados de envergadura que ya colaboran habitualmente con la Sanidad cántabra. El concepto no impide que una organización de este tipo pueda tener empleados y cargos directivos, e incluso beneficios; lo único que impide es que los márgenes positivos de su actividad sean repartidos entre sus socios.
Por poner dos ejemplos: el Centro Hospitalario Padre Menni es un hospital privado sin ánimo de lucro. Este es el caso también del Hospital Santa Clotilde, que es una institución sin ánimo de lucro perteneciente a la Iglesia Católica (Orden Hospitalaria de San Juan de Dios), al igual que el anterior (Congregación de las Hermanas Hospitalarias). Ambas instituciones privadas situadas en Santander trabajan desde hace años con la sanidad pública cántabra mediante contratos.
La institucionalización público/privada puede entenderse como una 'Sanidad concertada', según las fuentes consultadas en el Parlamento de Cantabria, incluso abandonando el formato de concurso público de contratación para concertar bajo convenio y sin concurso público.
El actual Gobierno de la presidenta María José Sáenz de Buruaga (PP) no ha ocultado en ningún momento su intención de dar entrada a la iniciativa privada en la Sanidad cántabra. Ya en la legislatura en que fue consejera de Sanidad entre los años 2011 y 2015 consumó la privatización de los servicios no sanitarios del actual Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. En la presente legislatura, ya como presidenta, pretende impulsar la búsqueda de grandes empresas privadas que asuman el futuro Parque Tecnológico de la Salud que se levantará en el solar que dejará vacío la antigua Residencia Cantabria, en Santander, una vez se derribe.