La quiebra personal, una figura de la Ley de Segunda Oportunidad poco demandada en Cantabria

En Cantabria, de abril a junio de este año, hubo ocho familias en concurso, el doble que en el mismo periodo del año pasado; mientras que las empresas que pusieron en marcha este procedimiento se redujeron un -40%, al pasar de 10 a seis. El concurso de acreedores es una figura que abarca tanto la suspensión de pagos como la quiebra y a él pueden acogerse desde 2015 tanto particulares como autónomos.

En aquel año se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad, que daba la posibilidad a la familias de poder amortizar su deuda pero conservando parte de sus ingresos para las necesidades vitales. No se usa demasiado esta figura a la que pueden acogerse los particulares siempre y cuando el monto total de su deuda no supere los cinco millones de euros y no hayan sido condenados por sentencia contra el patrimonio, falsedad documental o por Hacienda y Seguridad Social una década antes de la solicitud.

El proceso se inicia con un intento de negociación con el acreedor. Si no fructifica se solicita entrar en concurso para lo cual se puede acudir a un notario que buscará a un mediador, o recurrir directamente a un abogado, el cual generará un coste durante los 15 meses aproximadamente en que dure el proceso. La elaboración de un plan para saldar la deuda en cinco años (o más allá si el plazo de la deuda es superior) será la base sobre la que el juez calcule cuánto dinero podrá disponer la persona o familia de sus ingresos para sus gastos básicos.