Calendario laboral de Cantabria en 2025: Las Instituciones volverá a ser festivo y Santiago será fiesta local en Santander

El próximo 2025 volverá a ser festivo el Día de las Instituciones, el lunes 28 de julio, y quedará fuera del calendario de festividades regionales el Día de Santiago, fiesta patronal de Santander, que en este 2024 ha sido fiesta regional y que el próximo año volverá ser festivo local. Así lo ha hecho público la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria este lunes con la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma para el próximo año 2025.

Al contrario de lo que ha sucedido este año, en el que las tres principales fiestas de Santander caen entre semana (la Virgen del Mar, Santiago y los Santos Mártires), en 2025 los Santos Mártires es en fin de semana por lo que será la Corporación local la que decrete Santiago y la Virgen del Mar como fiestas locales, según han indicado desde el Gobierno.

Junto al Día de las Instituciones, la otra fiesta regional será el día de la patrona de Cantabria, la Bien Aparecida, el lunes 15 de septiembre, según se establece el Calendario de Fiestas Laborales.

Así, se declaran, dentro del ámbito territorial de Cantabria, los siguientes días festivos: 1 de enero, Año Nuevo (miércoles); 6 de enero, Epifanía del Señor (lunes); 17 de abril, Jueves Santo; 18 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (jueves); 28 de julio, Día de Las Instituciones; 15 de agosto, Asunción de la Virgen (viernes); 15 de septiembre, La Bien Aparecida (lunes); 1 de noviembre, Todos los Santos (sábado); 6 de diciembre, Día de la Constitución Española (sábado); 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción (lunes) y 25 de diciembre, Natividad del Señor (jueves).

Este calendario recoge las fechas nacionales y regionales, a las que hay que añadir los dos festivos municipales que se aprueban en pleno por cada uno de los ayuntamientos y que deberán ser remitidos a la Dirección General de Trabajo en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.