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Periodos, tallas y cupos: Cantabria establece la normativa para la pesca en sus aguas continentales en 2024

Pescador en un río de Cantabria.

elDiario.es Cantabria

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El Gobierno de Cantabria ha publicado en el BOC las normas reguladoras para la práctica de la pesca en aguas continentales de la Comunidad Autónoma durante el año 2024. La ordenación busca equilibrar la actividad pesquera con la conservación y el fomento de los recursos piscícolas y sus hábitats, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos de la región.

La orden especifica las especies que pueden ser objeto de pesca, incluyendo la trucha arco-iris, el salmón atlántico, y la trucha común, entre otras. Se establecen períodos y días hábiles para la pesca, así como tallas mínimas y cupos de capturas, en un intento por proteger las poblaciones de peces en las aguas interiores de Cantabria.

En cuanto a la definición de los periodos hábiles para la pesca de las diferentes especies, destaca la del salmón, que se abrirá el 31 de marzo y podrá extenderse hasta el 30 de junio, dependiendo de las capturas realizadas. Para la trucha común, por su parte, el periodo hábil se establece desde el 31 de marzo hasta el 31 de julio, con variaciones según las especificaciones de cada cuenca fluvial.

Además, la orden prohíbe el uso de ciertos cebos y señuelos para minimizar el impacto en las especies objetivo y en los ecosistemas. Se permite la pesca con caña, respetando las restricciones de número y tipo de anzuelos, y se prohíbe la pesca desde embarcaciones o con el uso de aparatos de flotación en todas las aguas continentales de la comunidad.

La regulación también introduce cupos de captura específicos para el salmón, limitando a un ejemplar por pescador y día, con un máximo de dos ejemplares por temporada. Esta medida busca preservar las poblaciones de salmón en los ríos cántabros, algunos de los cuales tienen asignado un número máximo de capturas anuales.

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, que dirige Pablo Palencia (PP), ha complementado la orden con doce anexos que detallan las disposiciones y normativas específicas para cada una de las cuencas fluviales de la región. Estos anexos facilitan la comprensión y consulta de la normativa, adaptándola a las particularidades de cada tramo o río.

Aportan una guía detallada para la pesca en cada cuenca fluvial, incluyendo mapas y descripciones de los tramos de río permitidos para la pesca, zonas de especial protección, y áreas donde se aplican restricciones específicas para proteger hábitats sensibles o especies en peligro. Además, se establecen normas sobre la pesca en modalidad de captura y suelta, enfocadas en minimizar el impacto sobre las poblaciones de peces y promover prácticas de pesca éticas entre los aficionados

Con estas medidas, se busca una gestión sostenible de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad, asegurando que la práctica de la pesca en aguas continentales sea compatible con la protección del medio ambiente y el fomento de los recursos piscícolas.

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