Comisiones Obreras ha comunicado el resultado de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Toledo, según el cual una agente medioambiental de la Junta de Comunidades tiene derecho a cobrar las guardias de la campaña de extinción del año 2017. Tal como señala la organización, la funcionaria no pudo realizar dichas guardias, porque estaba embarazada.
Contra la sentencia, explican desde CCOO, sólo cabe ya recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero no de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Además, en la decisión judicial se señala que en el procedimiento emprendido por la mujer “no se están reclamando cantidades por guardias realizadas”, sino que se está pidiendo la “efectividad del derecho a la no discriminación por razón de sexo”.
Lo que ocurrió en 2017, fue que se adaptó el puesto de trabajo a la situación de embarazo de la agente, y por tanto se le “eximió”, entre otras cuestiones, de las guardias para la prevención de incendios. “Al verse excluida de las guardias, cuya realización conlleva la correspondiente contraprestación dineraria, la funcionaría advirtió a la consejería de Agricultura que no podía menoscabar sus percepciones económicas por el hecho de estar embarazada y pidió ser indemnizada para no ver vulnerado su derecho a la igualdad y el principio de no discriminación”.
Rechazo de los recursos de la trabajadora
La Junta de Comunidades rechazó los recursos impuestos por la trabajadora, argumentando que se deben realizar las guardias para sor cobradas y considerando así que la agente, al no hacerlas, “no es acreedora de las mismas”. Sin embargo, comunican desde el sindicato, el juez ha rechazado el argumento señalando que las guardias “no es que no se hayan realizado, sino que no han podido ser realizadas por causa del propio embarazo” y recuerda que “los tratos desfavorables en el trabajo basados en el embarazo, al afectar exclusivamente a la mujer, constituyen una discriminación por razón de sexo proscrita por el artículo 14 de la Constitución”.
Por otra parte, el magistrado señala que el caso también afecta a los artículos 1 y 9 de la Constitución, y recoge también que “constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad”. Por otra parte, señala las “ya numerosas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional que vienen remarcando que el embarazo, en tanto que hecho biológico incontrovertible, incide de forma exclusiva sobre las mujeres”.
De este modo, señala que “la minusvaloración o el perjuicio causado por el embarazo constituye un supuesto de discriminación por razón de sexo”. De este modo, concluye que el embarazo de la agente medioambiental “no puede suponer merma de tipo alguno en los derechos de la demandante, debe ser protegido en toda su extensión y garantizar no solo las retribuciones devengadas, sino las que no han podido devengarse (…) pues es una consecuencia no del servicio extraordinario sino de derecho a la igualdad y no discriminación de quien, por causa de ese embarazo, no pudo prestarlo”.
Se deben devolver unos 2.000 euros
El juez cifra en 1.883,64 euros la cantidad que el Gobierno regional deberá abonar a la funcionaria, pero recalca que con esta cifra -la cuantía media percibida por los agentes medioambientales compañeros de la demandante- solo se está “cuantificando el derecho a la igualdad”, que “de manera legítima y derivada de la condición del embarazo” reclamaba la agente medioambiental.
Comisiones Obreras ha valorado “muy positivamente” esta sentencia, lamentan que “hayamos tenido que llegar a ella” porque la “Consejería de Agricultura de Francisco Martínez Arroyo desaprovechó las varias oportunidades que tuvo en vía administrativa para asumir la protección de la funcionaria embarazada. ”Esperamos que con la nueva Consejería de Desarrollo Sostenible podamos solucionar los problemas de Igualdad, de no discriminación, de conciliación, las diferencias de interpretación… dialogando y negociando, sin necesidad de acudir a los tribunales“, apunta Ramón González, coordinador del Sector Autonómico de la Federación de Servicios a la Ciudadanía.