Castilla-La Mancha detectó 95 irregularidades en las solicitudes de ayudas de la PAC en 2022
Los organismos pagadores españoles detectaron 575 casos de irregularidades relacionadas con las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) en 2022, por un importe de 21,5 millones de euros, lo que supone un aumento del 25,27%, atendiendo al número y un 14,61%, en cuanto al importe, respeto al ejercicio anterior.
Según el informe de actividades hecho público por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), del total de irregularidades, 95 se registraron en solicitudes presentadas en Castilla-La Mancha, por un importe de 2,800 millones de euros.
De las irregularidades detectadas en la región, 28 corresponden a ayudas directas y 58 a intervención en mercados agrícolas.
A nivel nacional, de las irregularidades comunicadas se han clasificado cuatro de ellas como ‘sospecha de fraude’, por un importe de 1.166.305,69 €, correspondientes dos de ellas a Intervención de Mercados Agrícolas y otras dos a Desarrollo rural.
Atendiendo al tipo de irregularidad, las 575 irregularidades comunicadas en este período se han tipificado en las siguientes categorías:
- 86 con códigos que indican aspectos no conformes en relación a la solicitud de ayuda.
- 89 en relación al operador/beneficiario.
- 23 referentes a pruebas documentales.
- 3 en relación a productos, especies y/o tierras.
- 161 relativas a no acción.
- 9 relativas al movimiento.
- 1 relativa a quiebra.
- 103 en otras irregularidades.
Igualmente se ha procedido a la cancelación de irregularidades comunicadas en el Ejercicio 2022 y anteriores, correspondientes a aquellos casos para los que se ha determinado que no debe reembolsarse ningún importe. El total cancelado en el Ejercicio 2022, correspondiente tanto a 14 de las nuevas irregularidades comunicadas en 2022 (318.827,66 €) como a 47 de ejercicios anteriores (3.740.767,71 €), es de 4.059.595,37 €, y afecta a 61 casos.
En virtud de los reglamentos comunitarios, los Estados Miembros han de comunicar a la Comisión, en el transcurso de los dos meses siguientes al final de cada trimestre, las irregularidades que hayan sido objeto de un primer acto de comprobación administrativa o judicial, debiendo informar de los procedimientos incoados a consecuencia de las irregularidades comunicadas, así como de los cambios significativos que se produzcan en dichos procedimientos, en especial los relativos a sanciones, ya sean administrativos, judiciales o financieros, incluyendo las recuperaciones de los importes adeudados, por los beneficiarios afectados, así como la indicación de la posible existencia de fraude.
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