La Consejería de Agricultura modifica algunas de sus competencias que afectan a la gestión de fondos europeos
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha modificado las competencias de algunos de sus órganos directivos para alcanzar “mayor eficacia, eficiencia y agilidad en su desarrollo”. De este modo se regula la forma de designación del organismo especializado de control de los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que se incluyen en el concepto de condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (Posei).
Esta nueva regulación hace que sea necesaria la derogación del Decreto 15/2007, de 13 de febrero, por el que se designan organismos especializados para velar por el cumplimiento de los requisitos legales de gestión y de las buenas condiciones agrarias y medioambientales, según el decreto firmado por el consejero Julián Martínez Lizán.
Por otro lado, reconoce que las competencias y la gestión de las ayudas del Plan Estratégico de la PAC de España (PEPAC) relacionadas con el Sistema de Conocimiento e Innovación Agrícola (SCIA) “no tienen el oportuno reflejo” en la estructura de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
De este modo, es necesaria su redefinición. Así, en la Dirección General de Desarrollo Rural se suprime la competencia de gestión y resolución de las ayudas comunitarias cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (Feader), destinadas a la formación y divulgación agraria y rural, puesto que no hay ayudas cofinanciadas con dicho fondo destinadas a la formación y a la divulgación agraria y rural.
Gestiones que se suprimen y otras se añaden
Asimismo, de las competencias de gestión y resolución de las ayudas a favor de la competitividad y sostenibilidad del sector agrario, cofinanciadas por el Feader de la Dirección General de Desarrollo Rural y Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas se suprime el asesoramiento de explotaciones agrarias en la primera y la cooperación para la realización de proyectos piloto y para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el sector agroalimentario en la segunda.
En la Dirección General de Agricultura y Ganadera se suprime, igualmente, la ayuda cofinanciada por Feader para proyectos piloto en sanidad de la producción primaria.
Por último, en las funciones de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, a la de planificación, diseño de medidas, seguimiento y evaluación del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA), las redes de la PAC y las acciones de transición digital en el medio rural relativos al PDR 2014-2022 y al Pepac en Castilla-La Mancha, se añade la gestión y resolución de las ayudas en materia de intercambio de conocimiento y transferencia de información; en materia de asesoramiento y en materia de cooperación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola, AEI.
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