Qué es la Atención Temprana y cómo quiere “universalizarla” Castilla-La Mancha
Desde los años 70 del siglo pasado la Atención Temprana está reconocida en casi todos los sistemas sanitarios del mundo como el conjunto de intervenciones sobre la población infantil de 0 a 6 años, así como a su familia y entorno, para dar respuesta urgente a las necesidades que presenten por trastornos en su desarrollo o por el riesgo de padecerlos. Por lo general, este tipo de atención la prestan profesionales expertos en Psicología, Logopedia o Fisioterapia, pero también comprende otras disciplinas, siempre vinculadas al desarrollo infantil. En Castilla-La Mancha, en el ámbito de los servicios sociales, existen los Centros de Atención Temprana (CAT) tantos públicos como privados. Ahora, el Gobierno regional quiere dar rango de ley a este tipo de intervenciones.
El objetivo principal es “universalizar” estos mecanismos para los niños y niñas de 0 a 6 años, y hacerlos gratuitos y de calidad mediante una futura Ley de Atención Temprana, que proteja, bajo mecanismos reguladores, los posibles problemas de desarrollo surgidos en la infancia.
El contexto viene determinado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas, ratificada por España el 3 de mayo de 2008. En su artículo 26, establece que los Estados adoptarán medidas efectivas y pertinentes, incluso mediante el apoyo de personas que se hallen en las mismas circunstancias, para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida
En el ejercicio de estas competencias se aprobaron la Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha en 2010 y la Ley de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de 2014. En la primera, se prevé como una prestación técnica de los Servicios Sociales de Atención Especializada, la valoración y atención temprana. En la segunda, se incluyen los principios por los que se regirán las actuaciones en esta materia y el desarrollo de la intervención integral mediante recursos de los sistemas sanitario, educativo y de servicios sociales.
Ahora, con la futura Ley de Atención Temprana de Castilla-La Mancha se pretende definir, ordenar y optimizar el funcionamiento de estos servicios en el ámbito de los servicios sociales de la comunidad autónoma, enfatizando el enfoque centrado en la familia, principal protagonista en el proceso de capacitación del menor con discapacidad o en riesgo de que esta aparezca. También se pretenden establecer cauces para la coordinación necesaria entre las diferentes consejerías de la Administración autonómica implicadas en la protección de los niños y niñas.
Enfoque de apoyo a la familia
Consideran desde la Consejería de Bienestar Social que la aprobación de esta Ley es necesaria dada la conveniencia de garantizar los servicios de atención temprana, así como regular los mismos enfatizando el enfoque de apoyo a la familia, y en los entornos naturales del niño o la niña.
Asimismo, en la futura norma se regularán las condiciones necesarias para el desarrollo de nuevos recursos de atención temprana en la región y se definirán los cauces para establecer la coordinación necesaria entre las diferentes consejerías de la Administración autonómica implicadas en la protección de los menores con trastornos en su desarrollo o en riesgo de su aparición.
Actualmente, las principales actuaciones de atención temprana desarrolladas en los centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la red pública se centran en actuaciones preventivas dirigidas a la población infantil con determinados factores de riesgo o intervenciones con el niño o la niña para el aprendizaje de objetivos funcionales así como en el contexto familiar con el fin de incrementar la capacidad de la familia como facilitadora del desarrollo del niño.
Con ello se busca reducir los efectos de una deficiencia o déficit sobre el conjunto global del desarrollo de los más pequeños, evitar o reducir la aparición de efectos o déficits secundarios, facilitar la incorporación del niño al sistema educativo en las mejores condiciones, atender las necesidades de apoyo de la familia y asesorar sobre los mecanismos necesarios de compensación, de eliminación de barreras y de adaptación del entorno a las necesidades específicas de cada niño o niña, creando un entorno óptimo que facilite su desarrollo.
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