Coincidiendo con la reciente entrada en vigor, el domingo 12 de mayo, de la norma que regula el registro de la jornada laboral, obligatoria para las empresas y cuyo objetivo es poner coto al abuso de las hora extra en el ámbito laboral, el Gobierno de Castilla-La Mancha ha sometido a información pública el decreto por el que se fija el calendario laboral para el año 2020 en la región.
Se trata de una Resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral que abre periodo de información pública para alegaciones hasta el 30 de mayo.
¿Cuáles son los festivos laborales para 2020?
Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2020, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes, según recoge el decreto que aún no es definitivo.
1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Festividad de Reyes
19 de marzo, San José
9 de abril, Jueves Santo
10 de abril, Viernes Santo
13 de abril, Lunes de Pascua, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre Festividad de todos los Santos
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
11 de junio, celebración de las Fiestas del Corpus Christi, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
15 de agosto, Asunción de la Virgen
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
8 de diciembre, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor
Hay que recordar que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.
El calendario ha sido aprobado, según recoge el decreto “previa audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la región y a la Iglesia Católica”.