Hay muchos casos concretos y repercusiones que trae consigo la sentencia de la justicia que anula la orden de la Ley de Dependencia de julio de 2013 llevada a cabo por el Gobierno de Cospedal. Muchas preguntas sobre qué pasará ahora se hacen en el entorno de las familias con casos a su cargo que se preguntan qué pasos debe seguir ahora cada uno de sus expedientes.
Los casos actualmente en estudio: sin efecto, nulos y como estaban antes
Los casos actualmente en estudio: sin efecto, nulos y como estaban antesEn el caso de los expedientes que estuvieran abiertos en estos momentos, se cierran los casos. Es decir, al decretar ilegal la orden con la que se estaba baremando a los dependientes, sus casos quedan cerrados y sin efecto. Esto quiere decir que los casos que se estuvieran volviendo a evaluar tendrán que volver a las condiciones que tenían antes de julio de 2013, exactamente las mismas.
En el caso de expedientes nuevos, se estudiarán por el cauce normal si bien se decretará para ellos lo que indica la Ley de Dependencia nacional y no la Orden del Gobierno de Castilla-La Mancha de 2013.
¿Se pagará retroactivamente el dinero no dado a los dependientes?
¿Se pagará retroactivamente el dinero no dado a los dependientes?No. La sentencia indica que la orden de julio de 2013 del Gobierno de Cospedal es ilegal, pero no contempla que retroactivamente tenga que pagar lo que correspondía a los dependientes y no se ha hecho.
Estas cantidades pueden llegar a ser reclamables en caso de futuros litigios, es decir, que las propias familias y afectados son libres de abrir ahora un proceso para pedir que se les dé los servicios o prestaciones que no han podido disfrutar durante casi dos años por una orden ilegal. Este tema es de los más confusos una vez se ha conocido la sentencia y para ello, en vista de que pudiera haber un pleito común de varios dependientes, lo más recomendable es ponerse en contacto con la Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia para que les expliquen formalmente lo que implica en cada caso.
Los casos que se reevaluaran desde 2013 deben anularse y volver a su estado anterior
Los casos que se reevaluaran desde 2013 deben anularse y volver a su estado anteriorLos dependientes cuyo expediente ya esté cerrado pero que en los últimos dos años les hayan vuelto a evaluar su estado según esta nueva orden deben volver a los servicios, prestaciones y valoraciones de dependencia que tenían antes, con todo lo que ello implica. Siempre que la Junta de Comunidades respete la sentencia judicial, todos los casos se deben retrotraer a antes de julio de 2013. En caso de expedientes nuevos desde esa época que ya estén cerrados lo más probable es que sea necesario volver a valorarlos pero con las valoraciones previas a la orden, con lo que en prácticamente todos los casos se les decretarán más servicios y más prestación económica.
¿Cuánto tiempo hay para que entre en vigor estas nuevas valoraciones?
¿Cuánto tiempo hay para que entre en vigor estas nuevas valoraciones?
Es muy difícil poner un plazo concreto. Para empezar a la sentencia que anula la orden de 2013 se puede interponer recurso de casación en el mes siguiente a su publicación. Ese recurso será presentado en el Tribunal Supremo. Con casi toda probabilidad, el Supremo rechazará el recurso de la Junta de Comunidades porque se trata de una orden autonómica, cuyo órgano más competente para legislar es el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Es un proceso largo al que es muy difícil poner plazos.
La Junta resta importancia a la sentencia afirmando que es un problema legal y de forma. ¿Es así?
La Junta resta importancia a la sentencia afirmando que es un problema legal y de forma. ¿Es así?
En parte. La Junta había aprobado una Orden (menor rango legal) pero estaba actuando conforme lo hace una ley (mayor rango, necesidad de pasar y ser debatida en las Cortes). Es decir, que la forma de aprobar esta baremación de los dependientes se estaba haciendo por un mecanismo erróneo.
En Consejo de Gobierno, la Junta va a declarar que mediante una enmienda van a hacer que esa Orden pase a tener rango de Ley, lo cual es imposible. Requiere de votación en las Cortes (están disueltas ya por las elecciones) y de un periodo de alegaciones. El actual Gobierno ya no tiene capacidad para aprobar una ley, de ahí que en el mes de marzo se diera prisa en aprobar varias “empantanadas” durante toda la legislatura. No hay enmienda que pueda hacer legal lo que la justicia ha declarado ilegal. La única forma es hacerlo con un nuevo Gobierno después de las elecciones (por los cauces que marca la aprobación de una ley).
Por otro lado, aparte de la forma legal, la justicia también considera ilegal el contenido. Es decir, no por ser una Orden está mal (que también), sino que su contenido no es correcto. Están mal ambas cosas, y no es algo reparable en la actual legislatura (salvo con recurso al Supremo y que este lo acepte).