Condenado el propietario del coto en el que murió el lince 'Grazalema'

El juzgado de lo Penal número uno de Ciudad Real ha condenado al dueño de la finca cinegética, J.J.M.T., por la muerte de 'Grazalema' un ejemplar hembra de lince ibérico que nueve meses antes había sido puesta en libertad en la provincia de Jaén, dentro del programa de reintroducción del felino. Se le considera autor de un delito contra la fauna y el juez le inhabilita para ejercer su derecho a cazar durante tres años.

Además, el acusado y la entidad mercantil Adin Inversiones 95, S.L. de la que es administrador, indemnizarán, conjunta y solidariamente, a la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha por la muerte del ejemplar con la cantidad de 90.000 euros, más las actualizaciones del IPC desde el año 2008 y las costas procesales.

El condenado gestiona la finca Barranco de la Gomera, un coto privado de caza menor, en el término municipal de Castellar de Santiago. Dicho coto se encuentra enmarcado dentro del Área crítica del Lince Ibérico así como del Águila Imperial, tal y como se especifica en el Plan de recuperación de la especie.

El juez considera probado que en una fecha no determinada, pero en todo caso anterior al 16 de agosto de 2011, el acusado, aún siendo consciente de que el coto está dentro del Área Crítica del Lince Ibérico, instaló diez cajas-trampa para dar muerte a los predadores que amenazaban la caza menor, concretamente a la perdiz, como aprovechamiento cinegético del coto. Y lo hizo, además, sabiendo que el Plan Técnico de caza vigente en 2011 no autorizaba el empleo de cajas-trampa. Siete de las diez cajas-trampa se colocaron en zona crítica sin autorización de la Consejería de Medio Ambiente.

Los hechos

Los hechosFue el 16 de agosto de 2011 cuando un ejemplar de lince ibérico cayó en una de las cajas-trampa instaladas en el coto y murió poco después por las altas temperaturas (más de 40 grados centígrados). Así lo certificó el informe de la necropsia, siendo la causa de la muerte un “golpe de calor”, al no constatarse ninguna fractura, hemorragia de origen traumático ni signos de disparo ni laceraciones o lesiones ocasionadas en la jaula-trampa, “más allá lógicamente de las lesiones superficiales, no causantes de hemorragias graves, propias del forcejeo del animal en la caja-trampa”, dice la sentencia.

La sentencia dice que “el resultado de muerte del lince ibérico resultaba más que predecible para el acusado” porque las jaulas-trampa no tenían ni comedero ni bebedero para las presas y además no estaban situadas en zonas de sombra. Contra la sentencia cabe interponer ante el juzgado, en el plazo de diez días un recurso de apelación, que se sustanciaría ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real.