Los trabajadores de las empresas Rubicar y AUT convocaron en 2012 una huelga de lunes a viernes desde el 9 al 31 de enero. Las razones presentadas incluían el incumplimiento del convenio colectivo y la acumulación de impagos salarias, lo que, según señala Comisiones Obreras, se debía a que el propio Gobierno regional no pagaba a las empresas los servicios de transporte regular y escolar.En ese entonces, la Administración regional decidió, tal como señala José Luis Arroyo del sindicato, que los trabajadores, además de no cobrar sus sueldos de forma regular, tampoco podían hacer huelga, imponiendo servicios mínimos del 100% en todas las huelgas generales o sectoriales entre 2012 y 2013.
Comisiones Obreras impuso recurso de casación en contra de la implantación de estos servicios mínimos en la huelga de enero de 2012, argumentando que la decisión de la Administración regional vulneraba el derecho a huelga de los trabajadores a través de una Orden que obligaba a cumplir el 100% de los servicios escolares. Tras imponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que se inclinó en la dirección de la Administración, el sindicato acudió al Tribunal Supremo que ha estimado, finalmente, el recurso impuesto.
Por su parte, la consejera de Fomento, Marta García de la Calzada ha señalado que la administración actual ha seguido siempre un cumplimiento estricto de la legalidad, y que acatará las resoluciones judiciales. Según de la Calzada, la consejería de Fomento todavía no tenía esta mañana las conclusiones del Tribunal Supremo al respecto, pero ha querido recalcar que, por parte de la Administración, se seguirá lo que el Tribunal estime.