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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Una sentencia “pionera” reconoce el contagio de COVID-19 como enfermedad profesional a una delegada sindical

Una sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Toledo reconoce la enfermedad profesional de una delegada sindical de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) que se contagió de COVID-19 en el desarrollo de sus funciones en el Hospital Virgen de la Salud de la capital autonómica. El sindicato señala que esto reconoce la labor sindical “en defensa de la seguridad y salud de los trabajadores”. Desde CSIF señalan que la trabajadora visitaba “habitualmente” el servicio de Urgencias de este centro hospitalario para comprobar las medidas de prevención.

“Fue además en uno de los momentos más duros de la pandemia, en enero de 2021 cuando los episodios de colapso de las Urgencias del Virgen de la Salud, por otra parte frecuentes, se incrementaron a causa de los efectos del temporal ‘Filomena’”. La sentencia explica que está “acreditado” que se encontró en riesgo “probado” de exposición al virus, por lo que sí es aplicable la presunción de enfermedad profesional. En el momento del contagio, Castilla-La Mancha se encontraba en situación de nivel 3 reforzado en relación con la pandemia, y la afectada prestaba servicios en el local del sindicato dentro del mismo centro hospitalario y acudía a las llamadas de personal sanitario y no sanitario.

Por otra parte, la sentencia también señala que está “acreditado” que en el centro “no existía protocolo alguno” que regulase las entradas y salidas del personal no sanitario como la demandante al servicio de urgencias del hospital. Ella “entraba y salía cómo quería”, según señalaron testigos. De este modo, se revoca la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social para declarar la incapacidad temporal como deriva de contingencia profesional, enfermedad profesional.

Igualmente, en la sentencia se condena a la mutua Solimat a a la asunción de las prestaciones correspondientes derivadas desde la enfermedad profesional. “Es además un reconocimiento fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento”, recalcan desde CSIF.

El sindicato ha recalcado que “el compromiso en la defensa de los trabajadores en su salud y seguridad es prioritario” y señalaba que los delegados sindicales se pusieron a disposición de los centros y en su inmensa mayoría complementaron su actividad de vigilancia de las medidas de salud con la atención a los pacientes.

Nueva sentencia “pionera”

La organización recalca que la sentencia se une a la conseguida en mayo que reconoció por primera vez la enfermedad profesional a un trabajador de ámbito sanitario contagiado por COVID-19 en toda España, en Talavera de la Reina. “Fue en febrero del año pasado cuando el Gobierno reconocía el contagio del Covid-19 como enfermedad profesional para el personal que presta sus servicios en centros sanitarios y sociosanitarios, algo que desde CSIF reclamábamos desde el inicio de la pandemia”.

Sin embargo, existen numerosas trabas por parte de la Seguridad Social y los servicios de prevención de las administraciones y empresas para el reconocimiento de esta contingencia profesional, produciéndose una infradetección de casos que no se reflejan en las estadísticas del Ministerio de Trabajo y que obligan a acudir a la vía judicial.